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podcast parcial 2 RES

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This is about the relationship between the state and society. Social and political power is a social act that serves specific purposes and channels objective behavior. Max Weber distinguishes between authority and domination, where power is the ability to impose one's will despite resistance, while domination or authority requires the use of force. Delegation of power refers to the transfer of power from member states or provinces to a central authority. There are also powers retained by the provinces, powers delegated to the federal government, concurrent powers, shared powers, and prohibited powers. The division of powers is a key aspect of a republican system, and federal states decentralize power to autonomous political entities while delegating sovereignty to a central government. Este es el Parcial 2 de Relación Estado-Sociedad, clase 6, primera parte. El poder social y político es aquel que se da dentro de situaciones específicamente sociales y constituye especialmente un acto social. Este acto será social cuando esté al servicio de los usos, cuando canalice de un modo concreto un comportamiento objetivo que constituyan los hechos sociales. Después tenemos a Max Weber que habla sobre la dominación en la que él propone diferenciar autoridad con dominación. El poder es la probabilidad de imponer la propia voluntad dentro de una relación social, aún así contra toda resistencia y cualquiera sea su probabilidad. La dominación o autoridad es poder más legitimidad o en el caso opuesto una necesaria mayor aplicación de la fuerza para imponer una decisión. Después tenemos la delegación de poder que en el derecho constitucional o en los regímenes federales la delegación de poder refiere a los poderes que renuncian los estados miembros o provincias para delegárselos a un poder central o un estado mayor. También tenemos los poderes conservados por las provincias cuales conservan todo el poder no delegado por la constitución al gobierno federal y que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación. Luego tenemos poderes delegados al gobierno federal, los cuales son constituidos por normas constitucionales que las provincias expresamente delegaron al gobierno federal. También tenemos los poderes concurrentes, las cuales son materias en las cuales tanto la nación como las provincias pueden ejercer sus atribuciones sin necesidad de acuerdos entre sí. Tenemos los poderes compartidos, los cuales se necesitan mutuamente por medio de dobles o múltiples decisiones que integren un mismo acto. Es decir, que para el ejercicio de estas competencias se necesita una expresión de voluntad conjunta. Los poderes prohibidos son las competencias o atribuciones prohibidas a un nivel jurisdiccional o a todos los niveles. Hay entre el gobierno federal y en las provincias también poderes prohibidos. La división de poderes es la característica fundamental del sistema republicano, es la decisión del Estado. Y el Estado federal es aquella forma de Estado en la cual el poder se descentraliza territorialmente en entidades políticas autónomas e independientes una de otra, pero que delega la soberanía en un gobierno central.

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