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REQUISITOS, REGLAS Y CASOS PRÁCTICOS DE LA LEY 73
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REQUISITOS, REGLAS Y CASOS PRÁCTICOS DE LA LEY 73
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REQUISITOS, REGLAS Y CASOS PRÁCTICOS DE LA LEY 73
Ay, caray, caray. ¿Qué tal amigos? Buenas noches, buenos días, buenas tardes. ¿Cómo están? Un nuevo en vivo a través de Facebook el día de hoy. Y el día de hoy venimos bien armados porque tenemos una invitada. Ya en alguna ocasión hicimos algún video aquí en Viva Asociados. Y el día de hoy no podía faltar el en vivo de Ley 73, sus aspectos y los beneficios que tiene. Presento a Alejandra Díaz. ¿Cómo estás? Muchas gracias por aceptar la invitación. Buenas tardes, gracias. Decirles un poquito acerca de la trayectoria de Alejandra Díaz. Ella lleva alrededor de 18 años, me comentaba, en el mundo de las afores. Lleva pues ya 3 años, casi 3 años asesorando personas que son Ley 73 para que reciban una buena pensión. Y por supuesto 2 años ya aquí con el equipo de 20 asociados que hacemos que su pensión sea mayor dependiendo la pensión que vayas a tener. Sea asesor Díaz, sea Bejérez o Orfandadín. Y ahora la otra, Ñale Yudez. Ñale, ¿cómo estás? Muy bien, José Antonio, ¿y tú qué tal? Muy bien. ¿Cómo estás, Ale? Muy bien, gracias. Gracias por la invitación, chicos. No, por lo contrario. Empecemos porque luego nos extendemos mucho y nos reclaman. ¿Por qué nos tardamos tanto y eso? Empecemos por el principio, ¿qué es Ley 73? Para las personas que no saben mucho del tema. Sí, creo que sí. Bueno, pues la Ley del Seguro Social, que es la ley que rige lo que es el Instituto Mexicano del Seguro Social. Y en la cual viene incluido todo lo que son las prestaciones para los trabajadores. Pues ahora sí que va dirigido a las personas que han cotizado durante su vida laboral, que han trabajado de manera formal, exclusivamente para las empresas. Empresas privadas, para las cuales han laborado durante un cierto determinado momento y que tienen derecho a recibir una pensión vitalicia. Hay dos régimen por los cuales se pueden pensionar, nos podemos pensionar. Uno es el régimen de Ley 73. Y a este se le hace una reforma el 1 de julio del 97 y entra en vigor una reforma, un nuevo sistema para poderse pensionar, que es Ley 97. Entonces hoy vamos a hablar de todas estas personas que comenzaron a cotizar, como les comento, para empresas privadas, que fueron dados de alta antes del 1 de julio del 97. Ahí la pauta, no hay delito de cuándo cambió la ley, ¿no? El 1 de julio del 97. Y sí, se nos han afectado personas que empezaron a cotizar el 2, ¿verdad, mis nobles? ¿Por qué no cotizaron un día antes o dos días antes? El 30 de junio. Es correcto. O sea, por un día. Y dicen, oye, pero por un día, pues ni modo, es que la ley es la ley y hay que cumplirla. Sí, totalmente. Viene en la Ley del Seguro Social. Nos podemos dar cuenta en nuestro número de Seguro Social y obviamente también accediendo al reporte digitalizado de semanas cotizadas de ley. ¿A qué regimen pertenecemos? Porque sí, es muy común, pues, encontrarnos con personas que desconocen. ¿En qué año fueron dados de alta? Y mucho menos en qué mes y qué día también. Sí, es muy importante que lo menciones. El tercer y cuarto dígito, ¿verdad? Es el que representa el año en el cual se dio de alta la persona. Ojo, hay ocasiones en las que se dieron de alta pero no empezaron a cotizar hasta después. ¿Qué es lo que pasa ahí en este 9 de agosto? Pues, al final de cuentas, para el INSS, lo importante es el registro de la primera alta. La primera alta. La primera alta como patrón, exactamente. Muy bien. Independientemente, si se hayan... Digamos, un ejemplo. Fueron en el 97, en febrero, sacaron su número de Seguridad Social porque ya les dieron su primer empleo, qué sé yo, pero resulta que la chambita no se hizo hasta octubre. ¿Qué pasa ahí? Pues, le pasó perjudicar a ese trabajador porque al final lo que va a empezar a contemplar el INSS es la primera fecha del primer patrón. Eso es lo importante para el INSS y para el reconocimiento del régimen al cual pertenece. Sí, sí ha habido muchos casos, todavía se sigue dando, en el cual el patrón no te reconoce desde el primer día en el que empiezas a laburar. En ocasiones, pues nos dicen, ok, ahorita empiezas un trabajo temporal, ya después te entrego tu planta. Cosa que es anti... bueno, más bien no es legal, es porque pues desde el primer día en el que empiezas a laburar... Antidéstica también. Antidéstico iba a decir, pero bueno, más bien aquí, abogados laboristas con los que nos apoyamos, pues nos pueden decir que eso está fuera de la ley y que se tiene que dar de alta como patrón a partir del primer día. Entonces, nosotros nos basamos en el sistema digitalizado que tiene el INSS, específicamente el reporte digitalizado de semana, el cual nos indica la fecha de la alta del trabajador, sobre todo cuando hay esa duda de a qué régimen pertenece. Entraron en el límite, rayando, por ahí como dicen, pasaron de panzado. Sí, de hecho tenemos muchos... Panzado. Panzado. Sí, sí, está de acuerdo. O sea, que de hecho ellos a veces desconocían que pertenecen a este régimen. Ustedes que nos están viendo allá en sus carros, pues cuántos de ustedes desconocen a qué régimen pertenecen y tienen esa duda. Y precisamente por no saber a qué régimen pertenecen, ya están actuando desde hoy mismo sabiendo cuál es la estrategia que deben de manejar, que obviamente cambia. Cambiaron las cosas con la reforma de la ley 97, pues sí hay que seguir un lineamiento, hay que seguir otro tipo de estrategia distinta. Sí, volviendo a lo que me decía, hay quienes panzaron porque solamente tuvieron un solo patrón antes del primer octubre del 97, a veces sí cotizaron solamente algunas semanas y después siguieron cotizando ya después del primer octubre del 97. Para aquellos que tengan la duda, sí, este tipo de casos sí pertenecen y pueden pensionarse. ¿Con una semana? Sí, con una semana. Es correcto. Con que haya el registro del primer patrón antes del primer octubre del 97, con eso es suficiente para que tengan exactamente, o sea, que tengan el derecho a recibir una pensión vitalicia siempre y cuando cumplan con todos los requisitos, Precisamente es lo que te iba a decir. Ya hemos hablado muchas veces, pensión 97, pensión 73. ¿Cuál sería, digamos, la diferencia significativa entre una pensión 97 y una pensión 73? Más allá de las similitudes que puedan tener, ventajas y ventajas, pero que, digamos, esto es la razón de ser de yo querer pertenecer a ley 73. Digo, al querer pues ya te fregaste si es que no lo eres, ¿verdad? Pero, ¿cuál sería la diferencia? Bueno, la diferencia, lo más importante es tener una pensión vitalicia, de por vida, vaya la redundancia, pero en este caso, quien va a pagar la pensión del trabajador de ley 73 es el gobierno federal. Es a través del INSS, este organismo es el que nos va a pagar ahora sí que la pensión a la cual nosotros podamos acceder. Ya una vez obteniéndola de por vida, así yo vivo a 5, 10, 15, 20 años, todo este tiempo me la van a estar pagando y voy a tener beneficiarios legales, los cuales, obviamente, si yo llego a faltar, también van a tener derecho a esa pensión. Y esa es la diferencia más grande con la ley 97 que, pues, cambiaron las cosas radicalmente, ya el gobierno ya no puede seguir pagando las pensiones de sus trabajadores y decide que todo se vaya a pagar por medio de lo que ahorremos por medio de la FORE. De la FORE. Nada más. Que hablamos la semana anterior de lo que era la FORE. Perfecto. Mi estimado Alex, algo que quieras preguntarle, hay que aprovechar, porque de repente no está aquí diario, mi estimada Alex, entonces algo que le quieras preguntar. Pues creo que las diferencias, no que nada, cuáles son las diferencias entre una y otra, por ejemplo, los años de cotización, cuántos más o menos se requieren para la ley 73, cuántos para la ley 97, por qué esa diferencia, o por qué también la diferencia de la pensión vitalicia entre uno y otro. Sí, claro. Bueno, como les comentaba, la ley del seguro social fue creada precisamente para garantizarle ciertos derechos que tiene el trabajador y garantizarle que ya ha llegado el momento de cumplir más de 60 años o de llegar a la vejez, que en la ley está estipulado que a partir de los 60 años tenemos derecho a una pensión por testantía y a partir de los 65 años una pensión por vejez. Entonces, la ley del seguro social fue creada precisamente para garantizar que el trabajador pudiera acceder a una pensión siempre y cuando cumpliera con determinados requisitos. Sí, obviamente, como les decía, la ventaja más alta siempre va a ser poder contar con una pensión deportiva y que ya los recursos de tu aforo pues se puedan agotar y no dependa absolutamente de eso, ¿no? Sino que, pues, podemos decirlo así con todas sus letras, que es una pensión que tú como trabajador pues te ganaste, te ganaste por el tiempo que estuviste elaborando por, obviamente, la edad a la cual ya llegaste y ya se espera que ya puedas descansar o que puedas estar haciendo otro tipo de actividades que ya no son precisamente laborales laborales de manera formal, me refiero Porque ya no requieren tanto esfuerzo, ¿no? Y que uno pueda estarse los solventando porque, obviamente, es una prestación y que sigue sucediendo en muchos países sin embargo, precisamente, ya aquí entra la ley 97 que yo creo que ya he platicado de esto pero igual, reafirmando, pues fue creada porque, pues, primero que nada le copiamos un poquito el sistema a otros países, sudamericanos, a Colombia, Chile replicamos este sistema en el cual se llama capitalización individual y que ahora, pues, le decimos al trabajador bueno, el gobierno le dice al trabajador oye, necesito que tú también me ayudes porque, pues, yo ya no tengo los recursos suficientes para seguir pagando las pensiones de por vida estamos hablando de que las pensiones, pues, bueno imagínense, si es solo un mundo de pensionados, nuevos ahora sí, nuevos, pero los que ya están pensionados y que todavía siguen accediendo a nuevas pensiones pues el gobierno ya no se siente capaz de seguir las solventando ahora, esto no se los digo para que se asuste nadie no, porque, pues, en la ley está muy claro todos los trabajadores que cumplan con los requisitos así el gobierno ya haya puesto la reforma de ley van a seguirse pensionando ¿hasta cuándo? hasta que ya no exista obviamente, el trabajador que tenga estos requisitos igual, si ustedes, los puedo aquí anotar para que se haga mucho más gráfico precisamente, qué bueno que mencionaste esto porque si nos ha tocado gente que dice o tiene desconfianza oye, yo estoy en la ley 73, pero dicen que ya no existe esa ley y que ya no me van a respetar mis derechos entonces, pues, qué bueno que lo aclara ya se lo que hemos mencionado aquí pero no podemos reafirmarlo que hasta que el último cliente se vaya por decirlo de una mejor manera hasta que la última persona esté respirando y que pertenezca a este régimen pues va a recibir los beneficios dicho de otra forma, perdón es una ley finita es una ley que va a llegar a un término hasta, como tú bien dices hasta que el último, ley 73 pues ya, se pensione o fallezca es correcto y pues para ahora si meternos un poquito más en el tema de los requisitos ya los que pertenecen a la ley 97 ya los enumeramos entonces, vamos a enfocarnos en los requisitos que sí son imprescindibles obviamente, si ya la ley 73 te diste de alta con los requisitos antes de la fecha que antes mencionamos pero también es importante que cumplan con estos requisitos que ahorita, al día nos va a hacer el favor de plasmar los requisitos los voy a tocar para que tengan un gusto más más visual para los que somos más visuales ley 73 ¿se ve? ley 73 de hecho, volteamos para allá porque hacemos un acento llamado a quienes nos están viendo si se alcanza a apreciar y si no, escriban por aquí en los comentarios nosotros aquí, creemos que se ve bien pero si no es así, háganoslo saber, por favor bueno, de todas formas vamos a hacer pausas entre cada requisito para que los que nos están viendo lo anoten, lo graben cuáles son los requisitos obviamente, para el trabajador hay que cumplir con todos los requisitos que es una de las dudas que hay oye, yo tengo más de 60 años, pero no cumplo con los demás requisitos no, no puedes tener acceso a la pensión o me dan la mitad de la pensión o sea, ni lo voy a decir oye, la pensión es de tantos, me dan la mitad si nada más tengo una parte no, es que la verdad la ley de seguridad social es muy clara y muy estricta en esa iniciativa hay que cumplir con todos los requisitos o es todo o es nada es correcto entonces, el registro principal, como les comentaba es haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio del 97 antes o sea, el 1 de julio, bye ya era el 97 a partir del 1 de julio del 97 ya no tenemos derecho a recibir una pensión de calicia hacia atrás no importa cuándo haya sido siempre cuando que sea antes del 31 o el 1 de julio es correcto entonces, con que tu fecha de alta cuando tu primer patron haya sido antes, con eso es suficiente tener cumplidos por lo menos 60 años de edad de los 60 años en adelante, así lo vamos a poner para que sea más claro esto es como se reconoce la pensión por cesantía y a partir de los 65 años se reconoce como pensión por bebé aquí que es lo que cambia cambia el nombre y cambian los porcentajes ahorita vamos a platicar específicamente sobre esto es correcto 1 de julio dale, nos estaba quedando mal el plumón ok, muy bien el requisito, contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas que traducido en años son que a 10 años aproximadamente 10 añitos arduos de trabajo mínimo aquí si, cabe nos saltar también la duda de muchos de nuestros clientes es, oye yo con 500 semanas, entonces ya accedo al 100% de lo que estoy recibiendo actualmente como trabajador no, eso no es la forma en que el INSS calcula las pensiones, 500 semanas únicamente es la base sobre la cual el INSS va a comenzar a calcular la pensión del trabajador quiere decir que es el requisito mínimo ahora si que, como decían es para entrar de pan es como los juegos en los videojuegos, es solamente desbloquear un nivel ya lo desbloqueaste, ya puedes pasar a una sala, ya puedes pasar a acceder a una mejor pensión si lo queremos ver así es la base sobre la cual se van a calcular las pensiones es el requisito mínimo, no, no nos va a llevar al 100% de nuestra pensión ahorita vamos a platicar sobre eso, sobre los porcentajes y obviamente estar dado de baja como trabajador precisamente porque esto es una prestación que vamos a recibir cuando ya lleguemos a cierta edad precisamente para ya dejar de laborar por lo menos formalmente también es la duda de muchos de nuestros clientes que nos dicen, oye que pasa si pues yo dejo de cotizar pero yo quiero seguir trabajando de forma independiente ¿puedo realizarlo? si, se puede realizarlo, se puede pensionarse cuando no esté trabajando para una empresa, pero aquí ya viene la importancia de contar ¿qué es la famosa vigencia de derechos? la famosa vigencia de derechos ¿qué es la vigencia de derechos? que nos puede dejar fuera de una pensión bueno, a las personas que pertenecen a este régimen nosotros ya estamos fuera por lo general muchos de los clientes que han acudido con nosotros cumplen los cuatro requisitos excepto la vigencia de derechos y muchas de esas veces les niegan la pensión por este último punto que si bien no es el más importante si no lo tienen ahí colomeado en su check list no pueden acceder a la pensión ¿se puede decir que todos serían igual de importantes? porque cuando falta uno de todos ellos, no puedes acceder a una pensión si estamos hablando por ejemplo, nos vamos a regresar aquí a alguien que todavía no cumple con los 60 años o que todavía no accede a esto pero puede ser que alguno de estos requisitos todavía no nos cumpla entonces tiene todavía esa posibilidad de analizar qué es lo que le está haciendo falta para poder acceder a la pensión si tiene más de 60 años ¿puedes hacerlo? sí, sí puedes hacerlo, vamos a ver ahorita ya con los ejemplos en qué casos conviene acceder o qué es lo que te hace falta para acceder la vigencia de derechos, como dice Alejandro es una parte que es muy importante porque si no cuentas con ella tienes que crear una estrategia para poderla recuperar la ley del seguro social dice que es el tiempo de gracia la cual le asegura al trabajador que a partir de su fecha de baja puede permanecer durante cierto tiempo sin estar cotizando entonces si todos los trabajadores que como les comentaba, llegan a trabajar de forma independiente, que ponen un negocio que empiezan a hacer otro tipo de actividades pueden llegar a acceder siempre y cuando no haya pasado este periodo de vigencia de derechos o siempre y cuando hayan reactivado su vigencia de derechos la vigencia de derechos nos dice que corresponde a una cuarta parte de los años que estuvo o de las semanas que estuvo cotizando el trabajador, el ejemplo más claro vamos a decir que, por ejemplo si yo cotice mil semanas cotizadas y le sacamos una cuarta parte quiere decir que son 250 semanas las que la ley del seguro social me protege quiere decir que este es el tiempo en el cual yo puedo tardar la baja antes de ir a solicitar mi pensión lo traducimos en años, estamos hablando de 5 años aproximadamente entonces algo que nos queda muy claro es que la vigencia de derechos es totalmente distinta para cada trabajador necesitamos que cada uno sepa cuantas son las semanas que tiene cotizadas, para que así pueda el usuario tiene que estar consciente de que puede pasar desde el tiempo y que no se va a tener que reactivar es correcto yo quiero hacer una preguntita sobre esto tu dijiste que es el periodo de gracia que puede estar a la baja, y si se pasa ¿qué pasa? ¿qué pasa? ¿se pierde las semanas? ¿se puede recuperarlas? si, las semanas en si no se perdieron las semanas están dentro del sistema de ley lo que se perdió fue teóricamente no se debe de perder ¿verdad? bueno, en la teoría porque después tenemos que buscarlas si, aquí ya estamos hablando de un caso normalito en el cual le reconocen todas las semanas que realmente estuvo laburando el trabajador pero ya se le pasó ya se le pasaron las 250 semanas supongamos que ya está en 300 semanas ya pasaron 6 años a partir de la fecha de baja entonces, este trabajador supongamos que tiene vamos a poner un ejemplo 55 años ok, este trabajador dice, ¿sabes qué? pues yo ya no trabajo de manera formal yo me voy a estar hasta los 60 años ¿qué sucede con este trabajador? se va a estar a los 60 años y desafortunadamente el INC le va a decir, ¿cumples con todos los requisitos? excepto con la vigencia de derechos entonces, si se espera hasta que cumpla los 60 años, lo único que va a provocar es prolongar su derecho a pensionarse la ley del seguro social dice que las semanas no se van a perder solamente se va a perder el derecho a pensionarse pero sin embargo si le da la oportunidad de que pueda recuperar esta vigencia de derechos por medio de la reactivación la reactivación como trabajador la reactivación laboral por medio de un patrón ahí es como un arma de dos hilos yo lo veo así por lo que ustedes me digan por ejemplo, el INC te da la oportunidad de que te vuelvas a reactivar como una empresa ¿cuántas empresas o qué porcentaje de ellas contratan a personas de 55 años de edad? entonces, ahí caen un vicio ¿no? porque si ya no te contratan en ningún lado, entonces ¿cómo vas a reactivar tus semanas? Sí, de hecho para muchos trabajadores les puede parecer injusto que dicen, oye, pero ¿qué pasa con mis semanas? ¿qué pasa con que yo sí estuve laburando durante más de 20 años? ¿no? el INC les dice yo solamente me estoy apegando a la normativa del seguro social entonces, ahí nosotros sí les pedimos a los clientes, a los trabajadores que se estén informando sobre todo que estén conscientes de cuál es su situación y cuál es el diagnóstico de su situación actual sobre todo cuando ya hay gente con más de 50 años y ya están más cercanos, aunque ya realmente aunque dicen que están muy lejanos pero no, créanme que el tiempo se pasa volando en Marroca ya los 50 años esta persona de 55 años sí, sí tiene todavía la oportunidad de hecho, aunque tuviera los 60 años la ley del seguro social no le dice que haya una fecha límite para la reactivación en ese sentido, la ley no dice oye, hasta tal edad te puedes reactivar no, no hay un límite de reactivación, sin embargo sí nos dice, oye, ¿qué pasa si ya pasó determinado tiempo a partir de tu fecha de baja? si han pasado por lo menos 3 años a partir de la fecha de baja, nos dice que en cuanto te reactives recuperas sus derechos si han pasado más de 6 años a partir de la fecha de baja, nos dice que con que te reactives 6 meses es suficiente para recuperar su vigencia de derechos, y si ya han pasado todavía más de 6 años pues ahí ya nos dice, reactívate como trabajador por lo menos durante un año que ese es otro de los vicios porque por ejemplo, si ya eres una persona que estás encaminada a pensionarte y solamente te reactivas un año, que es lo que te pide el seguro social inmediatamente hacen auditoría entonces lo recomendable sería estar por lo menos reactivado 18 meses para que lo noten y que no les vayan el día de mañana a cancelar su pensión tenemos ya varios juicios ahí con ese tema entonces sí es muy importante incluso me preguntan en el INSEE porque a mi me tocó que ellos me dijeran que con un solo año y pues ahorita ya me echaron para atrás ya desaparecieron las hermanas que había cotizado entonces es muy importante que sigan los consejos de PIP la auditoría individual porque al final de cuentas pues sí, no está mal que te reactives no está mal que vuelvas a trabajar para una empresa para un patrón, aquí lo que está mal es que no te dan la información completa en el instituto entonces sí te dicen con 12 meses tú ya recuperaste tus derechos, tu semana tienes el pase otra vez para tu pensión pero no, si lo haces así el día de mañana corres el riesgo que te quiten la pensión que te cancelen la pensión y que por lo menos si no muertan a tu patrón también a ti te afectan ya de por vida porque ya no vas a poder recuperar esa pensión o muy difícilmente lo vas a poder es un tema bastante complicado precisamente como dices tú primero es encontrar que patrón te va a querer dar de alta durante un año mínimo un año saber si ese patrón a lo mejor te va a pedir que cooperes para pagar las aportaciones porque las aportaciones obviamente en este caso las está cubriendo un patrón que a lo mejor probablemente te va a dar de alta con el salario mínimo sin embargo también es una realidad que le cuesta al patrón ojo en este asunto porque si no se cumplen ciertos requisitos podemos rayar en lo que le llaman simulación laboral o sea mi compadre tiene una empresa y me dio de alta nada más para conseguir ese mentado esa mentada conservación de derechos pero ojo la ley nos pide o el reglamento nos pide que haya principalmente una nómina una nómina cindrada al SAT porque acuérdense que cuando van a emitir la resolución que meten la solicitud de pensión hay comunicación entre el SAT y el INSS entonces el SAT tiene perdón el INSS tiene toda la libertad de pedir información al SAT de las nóminas cindradas si no las hay tache, tache puede ser uno de los fundamentos que hacen que les echen para atrás su pensión otra cosa, que tengan un contrato laboral hay acostumbrantes a firmar su contratito y que les den su copia por cierto y otra cosa en el contrato laboral debería muchos no lo tienen pero me ha tocado que no lo tienen una descripción detallada de las actividades y listas de audiencia ¿por qué? imagínate que tú saliste sorteado para una auditoría pero si tú cumples con todos los requisitos que te marca un reglamento entonces hazme todas las auditorías que tú quieras yo estuve chameándole aquí incluso hasta van a preguntarles ahí a las empresas oye ¿conoces a Don Benito? ¿ah sí? ¿cómo no? ¿Don Benito el del aseo? si trabajó aquí pero si resulta que van y no lo conocen no hay listas de asistencia, no hay nombres de cindradas no hay un contrato pues miren hasta se chocan los dedos del INS para no darles pensión y aparte para cobrar esa multa porque es un tonón otra cosa aquí más allá de que le nieguen la pensión al trabajador que ya tiene su derecho son fuertes multas para la empresa entonces hacemos un atento llamado a las empresas y igual sin afán de dolor hacen este tipo de actividades pues si lo van a hacer apéguense nada más a los requisitos que nos pide el INS para que no tengan ningún ningún problema, ni ustedes como patrones, como empresa ni las personas que van a asegurar si, al final les voy a dejar mis datos para que, bueno, sobre todo los que tengan un poquito de dudas en este tema hay varias modalidades hay varias formas en las que se pueden reactivar hay formas más seguras que otras por supuesto, pero lo más importante pues es siempre asesorar que una persona que realmente conozca de sus temas les pueda brindar una seguridad personalizada porque, ojo, todo esto en cada caso es totalmente distinto, ¿no? No hay dos personas que sean completamente idénticas el que tiene más semanas el que no cumple con el otro el que tiene más semanas, el que tiene menos el que le falta hora para pensionarse el que ya llegó el que ya se pasó sí, claro, y de hecho pues nosotros siempre vamos a recalcar proyectar una pensión o crear la estrategia con tiempo, ¿no? por lo menos a los 55 años y qué bueno que tocas ese punto porque muchas veces también pues aquí todos hacemos nuestro estudio de pensión, ¿no? y muchas veces pues la gente parece o no sé si piensa que pues nuestro trabajo también es de gratis y pues no es así, ¿verdad? porque hay que rastrear el lápiz hay que recalcar, hay que hacer proyecciones hay que hacerle el traje hecho a la medida a cada cliente porque efectivamente sí, como lo decían hace ratito no es lo mismo para Juan Camané que para Juan de los chicles, ¿no? o sea, no es lo mismo son dos cosas muy distintas a pesar de que se han parecido y llegan aquí y nos dicen es que me dijo Zutano que yo nomás tengo que hacer esto y ya, ya estoy del otro lado y siempre los dos vuelven y oiga, ¿qué creen? es que pues me cancelaron mi pensión desafortunadamente se perjudica a este tipo de personas porque se dejan llevar por lo que otras personas dicen y muchas veces es dentro del mismo círculo, ¿no? que es la comadre, que es el primo que es el hermano y que realmente piensan que porque otra persona se pensionó con una cantidad muy alta, pues sí, ellos mismos se van a pensionar que esos casos son los que más abundan claro es que a mi compadre le dieron 41 mil pesos de pensión fíjate, sí es que yo también quiero los mismos 45, pues a ver permíteme decirte primero, ¿cuál es tu récord actual, no? segundo ¿bajo qué término le dieron esa pensión? ¿qué hizo para conseguir esa pensión? porque no nomás es, ya me voy a pensionar y ya me van a dar todo el dinero no, no es así entonces, aquí es donde perdón que te interrumpa yo hago un llamado a la conciencia y pues te aviento una preguntita, ahí un buscapié como le llaman mi estimada Aleria ¿cuál es la diferencia entre recibir una buena asesoría y no recibirla? pues la diferencia para que valoren nosotros nos queremos ayudar valoren la labor que hacemos nosotros aquí, porque nos ha tocado si les decimos el precio de lo que cobramos no es que cobramos los millones simplemente es que se les pase, como no es algo tangible es algo que piensan que no necesitan y pues a la vuelta de 2, 3 años o incluso 6 meses vienen muy arrepentidos o de desilusión, ya es demasiado tarde y hay que hacer otras maniobras legales para poder remediar ese mal, por no recibir una buena asesoría si claro, no pues la importancia obviamente es abismal se trata de tu futuro se trata de tu calidad de vida ¿qué tanto estás apreciando? poder llegar a una vejez con calidad de vida yo sé que todos esperamos llegar con salud con bienestar bienestar a nuestra familia sin problemas, etc pero la realidad es que ya un ingreso, recibir un ingreso que al final de cuentas lo mereces por todo el tiempo que estuviste laborando, pues creo que esa es la meta la cual nos gustaría llegar a todos entonces, si mi recomendación es asesorarse planear muy bien ese retiro, ese retiro que te mereces que te merecen todos todos nos merecemos obviamente cada caso es diferente tampoco queramos bueno, en ocasiones si quisiéramos pedir una pensión millonaria pero tenemos que ser un poquito realistas congruentes si claro, tenemos pero nosotros lo que nosotros queremos para nuestros clientes es ayudarles a potenciar al máximo, esa pensión que puedan recibir, porque tienen derecho a una pensión vitalicia que ya muchos quisiéramos oye, como me vi una semana aquel cliente que llegó conmigo oye Dick, no me puedo conseguir 25 mil pesos de pensión y con 750 semanas cotizadas dices, no pues ni yendo a la gala Chalma yo no consigo una pensión de esas está muy difícil si claro, y hay que ver a que edad llega esa persona, obviamente cada caso es distinto, pero lo ideal es que a partir de los 45 años ya estés buscando una asesoría de la mano de un experto no importa si ya tienes 50, no importa si ya pasas a lo mejor ya estás cerca de los 60 años pero no has revisado absolutamente nada te invito a que te acerques a uno de nosotros y que revisemos tu caso para empezar la documentación porque a veces salen con errorcitos y pues corregir errores a veces se llevan hasta un año o años se me vino a la mente ahorita un trámite que nos platicaba uno de los abogados que le tardó 5 años en salir que es la invasión de cuentas que dos personas Juan Chifles y Juan Camana compartían el mismo número de seguridad social entonces uno cotizó 700 semanas, el otro cotizó 2000 y al último después de la reunión partieron en poco y cada quien le dieron la mitad, cosa que no es justo y estamos hablando que se tardó 5 años, ahora imagínense que ese caso le sucediera a ustedes, que llegan a los 60 años ya con todas las las ganas de ya tensionarse, a los 60 años y tengan que hacer este trámite imagínense, 5 años va a tardar si claro, si de hecho ahorita vamos a platicar les vamos a dar varios ejemplos para que si ustedes se sienten identificados con alguno de ellos como les digo no esperan tanto tiempo, no hay que esperarnos tanto tiempo para comenzar a planear nuestro retiro hay que pensar en nuestro bienestar el bienestar de nuestra familia el no dar preocupaciones o a veces hasta a los hijos estar dependiendo económicamente de otras personas entonces aquí es súper importante saber cómo va a calcular el IMSS una tensión, obviamente nos vamos a ir a la forma más simplificada pero es súper importante que conozcan lo primero que va a tomar en cuenta es el salario diario promedio de las últimas 250 semanas se acuerdan que les decíamos 250 semanas corresponde aproximadamente a 5 años únicamente ese periodo de tiempo se va a tomar en cuenta para sacar un promedio todo el tiempo hacia atrás el IMSS no lo va a tomar en cuenta precisamente por eso hablábamos de los 55 años lo que haya pasado antes de los 5 años solamente te ayudó a comprar semanas te ayudó a comprar semanas claro, sí, por supuesto te ayudó a tener un récord de semanas cotizadas pero si tú ya estás cercano a los 60 años es muy importante que sepas cómo te tienen cotizando dentro de la empresa en que trabajas si realmente es un salario que no te conviene, que no te convence para poderte pensionar pues necesitas elevarlo lo más alto posible vamos a ver ahorita las diferencias entre un salario mínimo y un salario topado que también se puede exponenciar el número de semanas cotizadas, como decíamos el mínimo es 500 semanas cotizadas entre más semanas tengas mejor qué bueno que nos dices eso Ale porque como siempre han venido aquí clientes es que mi compadre que es abogado me dijo que ya con las 500 que ya no importa y pues yo ya decía trabajar ojo aquí entre más semanas tengas mejor sí, es correcto o me dijo mi contador que ya con eso ya si, bueno si lo queremos ver desde este punto de vista el IMSS va a premiar entre más semanas tengas mejor pensión de doctora y no es que sea una cuestión así que a este lo voy a lo voy a desproteger y a este le voy a dar más, no, es simplemente apegado a una fórmula que ya maneja el IMSS en la cual se le conoce como incrementos anuales quiere decir que cada bloque lo voy a poner por acá bloque de 52 semanas semanas cotizadas es la que nos va a llevar a un incremento anual incremento como su nombre lo dice pues quiere decir que te voy a llevar a una mejor pensión entonces 52 semanas corresponde a un año, entre más años se esté cotizando más incrementos le van a dar, si, es correcto bloques completos de 52 semanas y en base a eso pues el IMSS va a sacar un cálculo y va a decir, ok, tu trabajador tienes un salario promedio de ejemplo, 500 pesos diarios y tienes un número de semanas cotizadas de, no sé de 1200 semanas entonces en base a esta información y en base a la edad que tenga el trabajador es como el IMSS va a calcular las pensiones, así es va a ser muy importante saber en qué rubro se encuentra el trabajador como les decía anteriormente entre los 60 y los 64 años se le conoce como pensión por cesantía a la pensión que ya fue calculada anteriormente en base a los incrementos anuales y a las asignaciones familiares que también ese es un punto pues que bien cabe resaltarlo ¿no? o sea que el trabajador que tenga cónyuge e hijos menores de edad que tenga dependientes económicos se le va a asignar un porcentaje extra y pues como les comentaba los incrementos anuales que fueron un determinante para que tu pensión se exponenciara y pues ya en base a esa información ya es cuando el IMSS va a determinar qué porcentaje de ese cálculo le va a otorgar al trabajador, que a partir de los 60 años tenemos derecho a un 75% va a incrementar un 5% a los 61 años 80 62, 85 63, 90 64, 95 hasta llegar al 100 a partir de los 65 años y aquí es bueno o es importante recalcar que no todas las personas les conviene esperarse a este escalón al 65 ¿por qué? porque habrán cotizado a lo mejor estos de aquí, 1200 semanas cotizadas y con eso ya les dan un buen monto de pensión que pudieran irse a los 60 años como aquí entonces si si se esperan, lo único que van a estar haciendo es perder dinero perder dinero porque recuerden que una vez teniendo los requisitos cubiertos a partir de los 60 años para empezar al año 2023 ya es una pensión garantizada de 6300 6300 entonces prácticamente si de los 60 a los 61 no se pensiona en la que hoy ya tienen todos los requisitos cubiertos, pues imagínense, saca de la cuenta, vamos a irnos de uno a los otros 6.000 pesos precisamente por eso se trata la medida ¿no? porque supongamos que este trabajador a los 60 años ya cumple con estos requisitos, ya cumple con el requisito de vigencia de derechos y además ya fue dado de baja como trabajador fácilmente se puede ir con el 75% entonces es una cuestión de tener las proyecciones de retiro para saber qué es lo que más te conviene eso le decimos en una asesoría completa por un personal calificado como los que estamos aquí presentes y no tener que esperarse esos 5 años para recibir la pensión que tú quieres probablemente los puedas empezar a recibir mucho antes, pero eso obviamente de la mano de una asesoría ahora, no nos vamos a centrar mucho en ese tema, para ya entrar a los ejemplos prácticos, pero muchos de nuestros clientes han escuchado sobre modalidad 40 modalidad 40 es una forma en la cual el trabajador puede seguir acumulando semanas cotizadas, realizando él mismo o ella misma las aportaciones patronales correspondientes se acuerdan que les decía anteriormente que el patrón es el que paga cierto porcentaje, bueno más bien en base al salario con el que me tienen registrado aquí viene siendo prácticamente lo mismo el trabajador que ha sido dado de baja que ha sido dado de baja que no ha pasado más de 5 años también esa parte es muy importante ¿También ahí aplica lo de la vigencia? Ahí aplica, ahí se reconoce como conservación de derechos el nombre es el que cambia y el que nos dice que aquel trabajador que se encuentre dentro del periodo de conservación de derechos que corresponde a 5 años a partir de la fecha de baja entonces quiere decir que si tu trabajador tiene 4 años y 10 meses a partir de que fue dado de baja, puede contratar su modalidad 40 y puede pagar él o ella misma sus aportaciones patronales dependiendo de la cantidad con la cual se quiera dar de alta para eso mismo también necesitamos apoyarnos de una proyección de retiro que nos diga, a ver, ¿tuviste buenos salarios o tus salarios fueron muy bajos? Si tuviste buenos salarios probablemente sí si te convenga continuar cotizando con un buen salario si tuviste bajos salarios vamos a ver de qué manera vamos a exponenciar lo más que se pueda para que puedas tener un salario promedio alto aquí justamente el trabajador que todos sepan que el tope salarial es de $2,593.5 que corresponde a $2,593.5 pesos diarios quiere decir que ningún trabajador se puede dar de alta con un salario más alto que éste, es el tope salarial que nos está poniendo el IMSS para podernos registrar ¿cuándo voy a llegar y pagar esto? Sí, no voy a pagar esta cantidad exacta, voy a pagar el 11.16% de no de eso precisamente pero sí del salario con el que yo me quiera registrar, de hecho los únicos requisitos o los requisitos más básicos se puede decir es no haber transcurrido los últimos 5 años a partir de mi fecha de baja y pues obviamente contratar un salario más alto que el último salario que yo tuve si mi último salario fue de $500 pesos diarios el IMSS me va a decir que solamente me puedo registrar o con $500 o con un salario más alto ¿me puedo ir de $500 hasta acá? Sí, sin ningún problema ¿en todo este espacio? $1,500 $1,200, $2,000 $499? Exactamente sí, de hecho el IMSS me va a decir pues a mí no me interesa realmente porque el IMSS no nos va a hacer las proyecciones, ojo con eso también todos los que les dijo la comadre el compadre que van a llegar al IMSS y el IMSS les va a armar esta estrategia y el IMSS me va a decir ok, date de alta con este salario y tu pensión va a ser de $20,000 pesos mensuales el IMSS no se va a dar la tarea de hacer estas proyecciones entonces tengan mucho cuidado no se vuelve el tiempo el IMSS afortunadamente para todos nosotros está muy saturado de muchos trámites, todos los días trámites nuevos y trámites que ya van en el proceso entonces ellos no nos quedan con esta estrategia pero nosotros como asesores si les vamos a ayudar para ver cuál es la estrategia que los va a llevar a poder llevar una mejor pensión ojo, no precisamente todos debemos de contratar la cantidad más alta les estamos diciendo nada más que este es el dope y que esta pensión por ejemplo si tu trabajador se da de alta durante 5 años con $2,593 y tiene más de 1,500 semanas cotizadas, créanme que se puede llevar una pensión muy muy alta de las pensiones topadas que son alrededor de los $78,000 mensuales, parten a partir de los $7,000 mensuales también esa parte que decía Alfredo ahorita nos lo comentó que pasa con todos estos trabajadores que pues durante toda su vida laboral estuvieron cotizando con salarios muy bajos específicamente los últimos 5 años, eso es lo que nos nos interesa, exactamente entonces aquí ya les voy a platicar del ejemplo de una persona que se acerca con nosotros y nos dice oye yo quiero acceder a una pensión ya tengo más de 60 años la señora Josefina López, ella tiene 60 años oye, si te dio la autorización de que diera su nombre verdad, porque no queremos que nos demanden si señora Josefina saludos señora Josefina, felicidades si claro que si ella se acerca con nosotros porque pues quiere saber, oye yo estuve cotizando durante determinado tiempo, que pasó con todo ese tiempo, ok claro que si accedemos a su reporte digital de semanas cotizadas y nos dice esto, que todavía no cumple con las 500 semanas cotizadas tiene derecho a una pensión vamos a ver si cumple con los demás requisitos, salario promedio estuvo cotizando muy bajo su salario promedio fue de 95.8 este salario también, ojo nosotros como asesores ya no conocemos la forma de calcular el promedio de los últimos 5 años también no se vaya con la cinta de que el último salario fue con el que ya con ese yo ya me registraron, con ese me voy a ir no, tenemos que ir sumando y calculando conforme las variaciones salariales de todos estos 60 meses que estuvo cotizando el trabajador, porque es muy raro digo por decir casi imposible que durante los 5 años hayan ganado lo mismo, o sea es muy muy raro si de hecho en los reportes siempre aparecen altas, bajas, aparecen incrementos, disminuciones aparecen muchos movimientos que eso es cuestión de que el IMSS no te lo va a hacer pero nosotros si, es nuestra tarea el IMSS va a calcularlo ya cuando te pensiones y ya cuando cumplas con todos los requisitos, hasta ese momento se va a dar la tarea, antes no, entonces aquí vemos que 61 años cumplidos si, si cumple con la edad no, no cumple todavía con el mínimo de semanas, el salario promedio pues bueno, este es el que el que dejó de cotizar ok, ¿cuánto tiempo dejó de cotizar? 5 años si se fijan aquí este trabajador ya ha vencido lo que es su vigencia de derechos 418 semanas si las dividimos entre 4, vamos a sacar como ciento y pico de semanas 104 104 específicamente, ok 104 corresponde a 2 años cotizados quiere decir que si esta persona se hubiera reactivado como trabajador, bueno, si esta persona más bien hace 3 años hace 3 años perdió su vigencia y su vigencia de derechos y pues quiere decir que, y hace 3 años también sabíamos que no cumplía con la edad entonces esta persona forzosamente se tiene que reactivar como trabajador, durante cuánto tiempo, lo que marca la ley, si nosotros como les decíamos, nos vamos a lo más seguro es, mínimo un año pero si lo quiere hacer un poquito más seguro, va a tener que cotizar 1.5 años un año y medio y si se fijan también, todavía le falta para cumplir las semanas cotizadas, le falta aproximadamente un año, entonces quiere decir que va más o menos de la mano las semanas que le hacen falta y el tema de la reactivación laboral a los 61 años se está dando la tarea de hacer esto creo yo y creemos muchos que ya es una edad un poquito más complicada, sin embargo la ley es muy clara y nos dice que solamente tiene hasta ahorita tiene la opción de la reactivación o tiene la opción de una negativa de pensión porque la negativa de pensión es el documento que nos va a entregar el IMSS cuando el trabajador ya cumpla con más de 60 años, pero que no cumpla con o la vigencia de derechos o con las semanas cotizadas, en este caso pues que se le recomendaría yo si le recomendaría a la persona la reactivación ¿por qué? porque la reactivación le va a ayudar a que por lo menos pueda acceder a una pensión mínima garantizada es correcto ok, a lo mejor esta persona me va a decir, oye pero yo quiero una pensión de 10 mil pesos ¿se puede? la pensión para acceder a una pensión más alta nos va a llevar tiempo y nos va a llevar dinero, obviamente en este caso si el trabajador se reactiva el 1.5 años que le estamos diciendo, cumpliría con un poquito más de 500 semanas cotizadas 500 y tantito más de semanas cotizadas se estaría retirando a los 62 años aproximadamente y pues ya tendría su vigencia de derechos, vigencia pero ojo aquí solamente tener las 500 semanas cotizadas y tener un salario por debajo del salario mínimo vigente, nos va a llevar a una pensión muy baja en este caso, ¿cuánto le calcularía a Liz? tomando en cuenta edad, semanas y salario aproximadamente 1800 1821 1821 ¿por qué? porque al final de cuentas el salario es muy muy bajo, la semana si se acuerdan el tema de los incrementos aquí cuanto mucho yo creo que quizá un incremento pudiera ser a lo mejor, podría ser porque son 52 más entonces serían 470 semanas 570 semanas 570 semanas, ok muy bien hay que ponerlo aquí para que podamos ver ok, 570 semanas entonces si se acuerdan ajá, a 570 le vamos a restar las 70 semanas y 70 semanas lo vamos a dividir entre 52 semanas y nos da un incremento más, entonces al final Liz va a tomar en cuenta todos estos factores y va a determinar, va a hacer un cálculo y nos va a decir 1821 el trabajador pues obviamente no le va a alcanzar para absolutamente nada, tiene de hecho una mínima garantizada y viene dentro de la ley del seguro social quiere decir que ningún trabajador puede recibir una pensión que corresponda a menos de un salario mínimo diario, un salario mínimo vigente a la fecha de baja en la cual está solicitando su pensión entonces si la señora Josefina se dio de alta en el 2023 bueno perdón, más bien se da de baja en el 2023 y es en este año en el cual está solicitando su pensión estamos hablando de que en este año el salario mínimo es de 207 pesos diarios un salario mínimo entonces actualmente la pensión mínima garantizada está calculada aproximadamente 7000 pesos mensuales creo yo que si hay una diferencia muy grande entre recibir esta cantidad y recibir esta cantidad yo creo que la duda también de muchos es, oye de verdad me van a entregar esta cantidad está estipulada en la ley entonces todo este tipo de casos sin que el trabajador tenga dudas sobre pensionarse o no o sobre seguir por una mínima perdón, sobre ir por una negativa de pensión en la cual te van a entregar única y exclusivamente los recursos de tu hogar entonces, si a mi me van a entregar una pensión de 7000 pesos de por vida que como les digo yo sé que puede ser pequeña para muchos pero también puede ser suficiente para algunos y puedes recibir otra imagínate pues es una bendición realmente claro, claro pues como bien dices, de nada 7000 pues vamos por los 7000 pero también cuanto me va a costar llegar a esos 7000 porque hay que estar activado un año y medio pues sería chambearle entonces aquí una última una última opción bueno ya una vez pensionado el trabajador ya una vez que tiene su mínima garantizada nosotros podríamos ayudarles por medio de VIV asociados a revisar la viabilidad en el caso de que pueda ser candidato a un juicio laboral un juicio laboral de incremento de pensión hay muchos casos en los cuales el trabajador que corresponde al régimen de ley 73 la pensión fue calculada de forma incorrecta entonces nosotros no sabemos si aquí en este caso el trabajador le haga falta semanas cotizadas por lo general si realmente este número pues no es el correcto es correcto, por ejemplo en este caso el trabajador empezó a cotizar en el 79 1979 y esta persona pues nos indica que hubo periodos laborales en los cuales de verdad hubo gente cotizando, sin embargo el INSS no le reconoce las semanas cotizadas muchos no sabíamos bueno pero anteriormente no existía lo que existe hoy, un reporte digitalizado y cuando se comienza este cambio, esta transición hasta la digitalización se hicieron perdericias muchas semanas cotizadas de muchísima gente entonces es probable que esa persona que empezó a laborar en el 79 haya perdido semanas cotizadas que no fueron reconocidas que probablemente el INSS bueno, sin ningún dolor las hizo perderizas y no se las reintegró. Un error vamos a creer eso, tampoco hay que echarle toda la culpa al INSS pudo haberle sucedido una y mil cosas aquí lo importante es que si por ahí tiene semanas perdidizas, es candidata para el juicio laboral. Así es que sucede si de verdad se las hubiera integrado a estos 418 pues obviamente hoy en día no hubiera calculado 1.800 pesos el INSS, ni tampoco hubiera calculado 7.000, probablemente se hubiera exponenciado a una pensión de más de 10.000 o de 14.000 pesos entonces son muchos los factores que se toman en cuenta. Ah, también hablando del juicio laboral ¿cuántas veces nuestro patrón no nos da de alta con el salario real con el que estamos persiguiendo? Por ejemplo en estos casos oye, ¿de verdad yo estaba recibiendo 95 pesos diarios? No, probablemente mi salario correspondía mucho más alto, pero mi patrón decidió que por el hecho de pagar aportaciones más bajas, prefirió darme de alta con un salario mínimo diario y restante, pagármelo por fuera, como lo que hemos venido hablando casi siempre pues todos estos casos que nos llevan a pensiones muy bajas nosotros por medio de redes de asociados los podemos revisar ya una vez teniendo la resolución de pensión del trabajador y podemos llegar a garantizarles que si el perfil es viable, porque aquí lo que nos distingue de otros despachos es revisar la viabilidad de cada caso en específico precisamente lo que decíamos hace rato es cada traje es totalmente diferente, cada traje es hecho a la medida que no es lo mismo mi caso que su caso, que su caso realmente todos tenemos un historial distinto entonces les ayudamos para que simplemente les entreguen lo justo para que puedan acceder a una mejor calidad de vida y bueno en este caso si la reactivación laboral fue imprescindible o en su caso también sobre una negativa de pensión podemos revisar los casos si este trabajador decidió que ya tenía más de 61 años que no podía solventar una reactivación y que ya era mucho el tiempo que le estaba pues si, que le estaba consumiendo pues nosotros en el juicio laboral nos llevamos aproximadamente un año y medio, dos años prácticamente es lo mismo que esta persona se hubiera llevado por medio de la reactivación ¿y el gasto más o menos también ahí anda? es correcto, si son gastos que obviamente pues hay que solventar en lo que pues accedes a una pensión todo este tipo de casos nosotros les decimos revisen su información antes de llegar a los 60 años porque a lo mejor ya los recursos ya no alcanzan los recursos, el tiempo y las ganas la fuerza corporal y a los 60 años ya no suele todo ya no somos igual de productivos que como a los 25 a los 45 todavía entonces eso es lo que se tiene que poner primero sobre la mesa ¿dónde estoy y qué es lo que quiero lograr? ¿y cuánto tiempo dispongo para poderlo lograr? Exacto, que quede una cierta holgura para poder planear las cosas y para poder tener todavía la solvencia emocional y económica aquí en este caso, bueno, uno de mis clientes me buscó la semana pasada el señor Javier Fernández y este caso creo yo que hablando del tema de las semanas cotizadas, de la importancia de cotizar un muy buen número de semanas cotizadas, este trabajador tiene acumuladas 1529 semanas cotizadas al día de hoy De los casos que nos dan gusto Sí, que quiere decir que estuvo cotizando más de 25 años cuando realmente en ese sentido, estuvo sí, estuvo muy bien muy bien su historia laboral y en este año precisamente cumple los 60 años entonces una de sus preguntas era oye, ya me puedo pensionar actualmente se encuentra dado de baja no han pasado más de 5 años fue dado de baja el año pasado 2023 2022, perdón el mayo ok bueno, pero aquí la desafortunada noticia es su salario promedio siempre estuvo registrado con salarios muy bajos entonces, ojo, siempre hay que estar atendiente de ambos de ambas situaciones, tanto de las semanas cotizadas como del salario promedio es lo mismo que decíamos no sabemos muchas veces con cuánto nos tienen registrados ¿verdad? aunque es algo y es algo muy sencillo de verificar porque es información gratuita que tiene el sistema del del instituto entonces cualquiera con su número de seguridad social y su CURP puede meterse a la página del CISEC y ahí mismo descargar su reporte de semanas cotizadas, va a ver el nombre de su patrón la fecha en la que lo dieron de alta, si está o no vigente y con cuánto salario y todas las modificaciones que ha tenido todo disponible entonces va a aparecer si es que selecciona la opción del reporte detallado, pues va a aparecer desde su alta hasta la fecha actual hasta la fecha en la que se solicita el reporte sí, sí, es de importancia y obviamente siempre pedir al patrón las nóminas porque en este sentido pues las nóminas son informativas y también nos dan nos dan dicha información entonces un muy buen número de semanas con un salario promedio muy bajo, nos lleva a una pensión calculada de $2.400 ¿Tiene derecho a una pensión mínima garantizada? Sí. Ok, en este sentido el trabajador me busca en mi digital pero a mí me gustaría ver si hay forma de pagar mi modalidad 40 en retroactivo ¿Puedo hacerlo? Sí, sí puede hacerlo a partir de la fecha de baja puede pagarlo hacia la fecha en la cual contrate su modalidad 40 entonces en este caso el trabajador pues asesoró para saber cuánto es lo que tiene que pagar cuál es la cantidad obviamente hay que pagar el monto total, más recargos y más actualizaciones y ya haciendo una proyección esta modalidad 40 durante 14 meses aproximadamente nos llevaría a que su salario promedio mejorara ¿Va a mejorar mucho? Bueno, pues eso ya depende del criterio de cada quien pero sí, sí va a subir a $588 ¿El promedio? El promedio, exactamente 5 veces más, pues imagínate Sí, subirían las semanas cotizadas subirían obviamente las de 52 como 70 semanas un poquito más, más 70 semanas nos subiría el promedio y además este trabajador resulta que en algún momento hace algunos años solicitó su retiro por desempleo entonces, ojo aquí los Ley 73 porque ustedes volvemos a lo mismo tienen una importancia enorme el número de semanas que hayan cotizado, entonces esta persona le descontaron 68 semanas Ah, le fue bien, poquitas Sí, y él me dice, de hecho, ¿sabes qué? ni siquiera me dieron tanto dinero ¿Habéis visto hasta que con $3,000 les descontan un montón de semanas? Sí, le dijo la cantidad, la puedo decir sin problema, le descontaron $6,000 me dice, ¿Puedo recuperarlas? Sí, sí las puede recuperar de hecho, este es el momento indicado para recuperarlas antes de solicitar una extensión, después obviamente ya hay una resolución y sobre eso ya esas semanas ya no van a progresar Entonces, usted vaya y acuda directamente a su Afore haga el trámite correspondiente se le reintegra de semanas cotizadas, hay que devolver lo que ya nos prestaron de nuestro propio dinero y de esta manera vamos a acumular un mejor número de semanas Aquí el único tema sería, creo yo el más importante es el salario Sí, porque hay que hacer hincapié en los tres factores que incrementan o bueno que hacen que se modifique el monto de la pensión son la edad, las semanas cotizadas y el salario, pero sobre todo esas últimas dos, semanas y salario, que son las que más inflan o disminuyen o incrementan el monto de la pensión Es correcto Entonces esta persona ya con un salario promedio de $588 reintegrando las semanas que le descontaron, que volvemos a lo mismo los $6,000 los puede regresar sin ningún problema su pensión se va a exponenciar le van a otorgar una pensión de más de $11,000 pesos mensuales Entonces aquí ya el trabajador me dice Oye, pues hay una diferencia entre la pensión mínima garantizada que me iban a otorgar de $7,000 y $11,000 mensuales pues a mi ya me alcanza para más cosas Ya son $4,000 de diferencia Y la ventaja también Ale que no hemos mencionado que todas estas personas que son ley 73 les dan un aguinaldo cada diciembre y el aguinaldo van proporcional a lo que tengan de pensión Entonces no es lo mismo un aguinaldo de $7,000 Que un aguinaldo de $11,000 Que el aguinaldo de un mes Creo que lo están en noviembre En noviembre En noviembre este señor va a recibir en lugar de los $11,049 $22,100 Muy buenos Y aparte otra cosa que se nos estaba pasando los incrementos anuales que generalmente son como del 4,5% 5% Este año si se fue como hasta el 6% Entonces el 6% de $7,000 son $420 Y el 6% de $19,000 $19,000 ¿Cuánto es? Estamos hablando de un incremento de casi $1,000 Si claro que bastante bien recibido porque obviamente conforme todo encarece necesitamos ingresos más altos Y ya nada más para que vean todos nuestros radio escuchas Modalidad 40 puede ser una excelente estrategia En muchos de los casos en los cuales el trabajador cumple con un muy buen número de semanas cotizadas Sobre todo eso que mencionas hacer hincapié de que la estrategia que se busca que la vean como no un gasto sino como una inversión porque no hay nada que te cueste lo que pagas en modalidad 40 que te reditue en tan corto tiempo con tu pensión Si lo veo como una inversión No hay absolutamente nada que te dé lo que te va a dar Ni la cripto Si, es correcto De cada trabajador que nos pide una asesoría o una proyección que nos dice yo quiero invertir en modalidad 40 nosotros nos vamos a la tarea de sacar los cálculos de cuanto va a ser el monto de inversión tanto mensual como total Ya hablaremos de retroactivo en algún momento con más calma, pero retroactivo se tiene que pagar en una sola exhibición En este caso pues también es una inversión que vas a recuperar ya una vez que obtengas tu pensión Aquí el cálculo que yo le hice a este trabajador es que en menos de un año estaría recuperando la inversión que realizo Hay otras dos opciones que yo le di a este mismo trabajador y yo le dije que pasa si si haces esa inversión en retroactivo con un salario topado ya hablamos de que son 25 o más pero que te parece si lo haces durante un año más En lugar de hacerlo 14 meses que se fuera 24 meses Es correcto, ya lo hiciste a los 14 agregale otros 10 o agregale otros 12 y te vas a partir de los 61 años de edad que realmente si nos ponemos a ver por ejemplo el caso anterior se acuerdan que también la señora tenía 61 años de edad iba a recibir una pensión muy muy muy pequeña, este señor si hace su inversión a modalidad 40 con 25 o más su salario promedio va a exponenciarse muchísimo, se va a exponenciar hasta 1089 pesos diarios Las semanas cotizadas van a subir 52 más Bueno van a ser 1565 más las 68 semanas si es que las recupera, que lo ideal es que si lo haga, esa es la recomendación y esas son las las 68 semanas que pagan modalidad 40 y 20 mil pesos Aquí la estrategia también, que se lo dice muy claro el trabajador, si, si tiene muy buen número de semanas no tenga ninguna duda de eso lo que necesitamos es elevar su salario promedio, porque si nos quedamos con el que usted tenía de 107 pesos diarios, realmente no le va a hacer una buena pensión 1089 pesos nos va a crear una diferencia enorme y nos va a dar que por año perdón, una mensualidad de 22 mil pesos imagínense ya lo que hace este trabajador con 22 mil pesos mensuales Quizás no los ganó nunca en su vida Ya es considerable de lo que pudo haber hecho con la primera Y es un cambio muy pequeñito realmente, porque es obviamente bajarse no sé, la tripa e invertirle un añito más y eso pues obviamente va a incrementar mucho su pensión, justamente este escenario es de los mejores que pueden encontrar o que una persona puede aspirar para obtener una muy buena pensión, si esta persona hubiera empezado a sus 55 años a lo mejor no sé cuando cumple años, pero a lo mejor en cuanto cumple años a los 15 días empieza a recibir una pensión sota, entonces Si este lo hubiera ganado fue unos 2 o 3 años, otra historia sería, claro una gran ventaja es el poder pagar en retroactivo prácticamente es el mismo requisito del que ya hablábamos anteriormente que no hayan transcurrido los 5 años ahora, hay clientes que se deciden a pagar los 5 años y pueden hacerlo adelante siempre vayan acompañados de una asesoría, ojo con eso no se dejen llevar por lo mismo que decíamos a mi primo le dan muy buena atención a mi cuñado le dan excelente atención si, pero que pasa si tengo yo en lugar de las 1500 tuvieras 600, 700 semanas 500 semanas 560 semanas me van a dar esto no tampoco y voy a invertir una buena cantidad de dinero para que sepa la gente más o menos por año son 98 mil pesos de inversión ahora si lo pagas en retroactivo el incremento de cargos de actualizaciones, entonces vamos a suponer que si se pagan 5 años vamos a sacar un cálculo así rápido 545 mil pesos más o menos este no te va a arredituar no porque el retorno de inversión va a ser muy largo y va a ser muy caro vas a recibir una pensión, si pero cuanto tiempo te vas a tardar en recuperar y de cuanto va a ser la pensión no va a ser arriba de 8 mil pesos tal vez 10 mil pesos por las 560 semanas claro, en ese ejemplo lo ideal es que una buena estrategia te lleve a esas cantidades con las cuales tu ya puedes tener una buena calidad de vida ahora que pasa con estas pensiones topadas ¿existen las pensiones topadas? si, si existen son leyendas yo creo que si la información no lo explica o que son una leyenda porque la verdad es que si nos causa mucha envidia saber que hay gente que con una buena inflación con inversión a mayoridad cuarenta o inclusive trabajaron para empresas en las cuales los dieron de alta con salarios muy buenos no se si a ti te pasa lo mismo que a mi pero yo cuando veo el historial de una persona que es un historial que es un historial envidiable arriba de 1800 semanas arriba de 2000 semanas y que traen un buen salario un promedio salarial muy bueno híjole no hombre hasta 100 mariposas son más de 60 mil pesos son más de 60 mil pesos lo que va a recibir de pensión en mi vida los he visto juntos ¿no? bueno si claro a los 60 años ya es una tranquilidad enorme claro desde luego ya listos para viajar ya preparando maletas para irse a otro lado y dicen oye ¿cuándo recibo mi pensión? terminando solamente como se llama el trámite a los 15 días más o menos es cuando empiezan a recibirla claro pasando toda la revisión las avidas y por haber si claro y tener esa seguridad y esa tranquilidad es que va a ser de polvito los recursos de tu afore los recursos del afore no habíamos platicado de eso pero pues ya una vez que estás pensionado te van a entregar una cantidad que corresponde pues conforme la ley a lo que le deben entregar pensionados por ley 73 estamos hablando ahorita nada más de 60 y vejez ahorita no hablamos de ni de invalidez ni de pero este que sepan que se les va a entregar una cantidad de su afore y pues que con ese dinero van a poder hacer lo que quieran incluso si no usaron su crédito en escolaridad o tuvieron algún remanente también se los van a dar con la pura resolución y lo más hermoso que viene de aquí de esta historia es que es en una sola exhibición ese pago en una sola exhibición y mucha gente se preocupa porque no lo van a ver 100% también hay que tomar en cuenta que una parte del afore pues va para que les puedan seguir pagando las pensiones para que es de donde se soporta su pensión claro ojo siempre hay que elegir ley 73 porque en algunos casos el IMSS te va a preguntar si quieres elegir ley 97 porque al final de cuentas tienes el derecho todavía a elegir ley 97 que solamente se los dan a elegir no deberían darse a elegir bueno es lo mismo el IMSS no se va a poner a calcularle la pensión en ese momento al trabajador solamente le va a preguntar que es lo que usted elige pero ya vimos casos ya vimos ejemplos y si te conviene por lo menos acceder a una mínima garantizada que realmente no te vayas con la cinta de que vas a llevarte una pensión muy por debajo porque sería obviamente no sería legal y que te vas a llevar una pensión de por vida entonces que vale más el dinero que tenías en tu afore o una pensión vitalicia que además va a proteger a tus familias a tus beneficiarios y puede ser heredable en caso de que tú faltes pensionado pues queda su cónyuge así es y también en ese sentido siempre asesórense con nosotros porque en pensiones que no fueron calculadas correctamente y que también podemos proteger a su cónyuge que podemos de alguna manera dejar asegurada a esa persona la concubina o a la esposa podemos ayudarles a que puedan acceder a una mejor pensión en ciertos casos en los que la pensión no fue bien calculada o incluso hasta podemos conseguirle pareja por si no la tienen puede también ver con quien compartimos sabe mejor compartido entonces bueno aquí una de mis clientas yo creo que también de esos casos que hay que premiarles hay que decirles muy bien, dijiste muy bien las cosas, ella me busca después de haber realizado su inversión a modalidad 40 durante los últimos 5 años tal cual, así tal cual y ahora sí que ni mandado a hacer desde el 2018 hasta la fecha hasta 2023 ha realizado sus aportaciones con un salario topado 25 o más ahora la pregunta es ¿cuáles son los 25 o más? ya les dijimos las que son correspondientes a 2023 que eso es lo más alto, te pueden dar data con salarios más bajos, sí ella tiene la del 2018 supongo, la del 2018 exacto, no hizo esa actualización en un año y otro cosa que no hay ningún problema porque vamos a ver que la pensión que le van a otorgar fue muy buena o va a ser muy buena 2015 pesos diarios ese es salario promedio ahora las semanas, las semanas que es un factor súper importante 1972 caramba semanas condicionadas yo creo que este es un ejemplo de como queremos realmente aspirar a una excelente pensión a los 60 años casi 40 años cambiando la señora es que esta persona no se esperó hasta llegar a los 60 años y empezar a soñar una pensión en algún momento probablemente fue muy bien asesorada y hubo alguien que le dijo, oye cuentas con un muy buen número de semanas condicionadas no las desperdicie por favor, por lo que más quieras no las desperdicie no te des de baja antes no desperdicies el último tiempo que tienes, porque si es el último jalón y hay que meterle todo a los quinos si, en este caso probablemente solicitó a la empresa en la que ella trabajaba pues que se le diera su baja y puede seguir trabajando por fuera, pero ella dijo, yo tengo muy claro que si sigo trabajando de manera formal mi salario promedio no me va a llevar a la pensión que yo quiero entonces ojo con eso si ustedes ven que ese salario en el que los tienen registrados no los puede llevar a una buena pensión asesórense, nosotros les vamos a dar una proyección de modalidad 40 les vamos a dar distintos escenarios volvemos a lo mismo no tiene que ser un salario más alto pero si puede ser un salario que los que los potencie las semanas que ya tengan que a lo mejor no sea una muy buena pensión pero que sea una pensión digna que sea una pensión donde les alcance para sus gastos y para sus gustos es lo que siempre digo probablemente habrá gente que con 15 mil pesos viva a toda pero habrá gente que viva con 25, con 3 porque depende de de lo que vayan tomando entonces pues si si es algo muy importante hay que dejarlo claro si totalmente, no es lo mismo las necesidades de una persona que de otro, eso si nos tiene que dejar claro pero obviamente tener todas tus necesidades cubiertas pues te da una tranquilidad enorme, entonces esta persona ya fue asesorada por mi acaba de cumplir los 60 años, me dice ¿qué sigue? pues darse baja, mudarse a 40 dejar de pagar tus aportaciones porque ya cumples con todos con todos los requisitos entonces esta persona va a estar recibiendo una pensión de 48,599 pesos mensuales ¿por qué? porque corresponde al 75% de esa proyección, de ese cálculo que ya realizó MIMS le va a dar ese porcentaje ahora esta persona me decía, oye me espero 6 meses para brincar de un porcentaje a otro únicamente tiene que pasar 6 meses y un día y estaría brincando un 5% más ya le hicimos su proyección, ya le dijimos que le conviene mucho más empezar ya a recibir esa pensión porque cada mes que deje me recibe esa pensión ¿tú traes tu calculadora? no me la traje ¿qué es? si me ayudas a calcular cuánto es lo que perdería por mes si se espera 6 meses son 48,599.3 por 6 son 291,600 ahora los 51,836 por 6 déjame ver esta cantidad son 291 595.80 ok, serían los 51 839 multiplícalo por para sacar la diferencia menos los 48 48,599 la diferencia es solamente de 3.000 pesos o sea, por una diferencia de 3.000 pesos vamos a estar sacrificando 291.000 entonces, si dividimos los 291 es algo que me encanta hacer 3.240 serían 291.595 entre 3.240 son 89 meses en 89 meses va a recuperar la inversión por los 3.000 pesos estamos hablando de 7 años y medio entonces, ustedes díganos conviene dejar ir lo de 7 años si, claro, 12 personas la recomendación es ya realiza tus trámites, date de baja modalidad 40, posteriormente acude al INSS a solicitar tu resolución de pensión y pues si, si te pones en otra actividad, pues vas a llevar una pensión correspondiente a ese salario aquí, bueno, te voy a resaltar para que vean las bondades que nos da modalidad 40 ella realizó una inversión total aproximada de 370.000 pesos 370, ¿qué tal? en estos 5 años que les estamos hablando, ¿verdad? ¿cuánto te salió el cálculo? 291 ella hizo 370.000 entonces creo yo que aquí, pues calculamos el retorno de inversión y lo dividimos entre la mensualidad para llegar a esta forma a saber, pues en cuantos meses va a recuperar su pensión estamos hablando de 7 meses y medio, así es 7 meses, los primeros 7 meses son la inversión que ella realizó a partir del octavo mes recibe pura ganancia de por vida también lo que va a obtener de AFORE, porque el 25% de esos 370.000 pesos se los va a regresar el AFORE más lo que ya haya tenido acumulado, entonces muy probablemente a lo mejor pueda recuperar voy a especular a lo mejor unos 600.000 pesos de lo que tenga en su cuenta de AFORE probablemente el puro 25% si los cálculos no nos mienten se dan 92.500 pesos más lo que haya acumulado en todos esos años desde el 97 para acá entonces es una razón más para no esperarse a los 61 años a los 62 y ni hablar hasta los 60 y aparte es una razón más para perderle el miedo a la inversión de modalidad 40 para perderle el miedo a la inversión de tu estudio de pensión para perderle el miedo al hijo le dice mañana me muero y si me asegura la vida, o sea no hay que perderle el miedo a todo eso porque de alguna forma estamos en donde estamos el día de hoy y pues la tendencia es a seguir a continuar si la verdad es que la verdad y me jacto de ello es poder vivir unos años más, si por alguna razón tengo tala nota y me muero bueno pues ya si disfrute 5 años, fueron 5 años muy buenos de pensión si fueron 10, olvídate, además si tengo mi esposa y queda pues ese es el 90% que va a recibir es correcto por eso la importancia de que comiencen a planear su pensión desde una edad temprana esa persona comenzó a realizar sus aportaciones modalidad 40 a los 55 años quiere decir, no quiere decir que de un día para otro ya yo ya puedo con esta con esta inversión no, es algo que ella tuvo que planear con tiempo, en este momento yo ya me siento con absorbencia económica para poder pagar mis aportaciones ojo, los requisitos para modalidad 40 pues es estar dado de baja del resumen obligatorio, quiere decir que esta persona pues no podría estar cotizando como trabajadora al mismo tiempo entonces conlleva una planeación que obviamente es compleja dependiendo del caso de cada uno de nosotros, pero si lo sabes de hacer con tiempo, las bondades son inmensas y si lo haces al pie de la letra porque no falta de que ay al tercer año chin, ya no puedo o híjole sabes que yo nomás pagué 6 meses y ya, ya no puedo pagar entonces no, aquí es seguir todas las instrucciones al pie de la letra para llegar al término y hacer que tu pensión sea envidiable si, o sea que sepas todos los factores que van a estar involucrados, que confías obviamente en el conocimiento, en la experiencia de tu asesor, en este caso pues los tres estamos a la orden y obviamente nosotros te vamos a hacer este traje a la medida que como te digo el salario no siempre va a ser el topado, pero si vamos a tratar de exponenciarlo y de darte todas estas variantes y todas estas proyecciones que necesitas creo que usted aquí ya tuvimos muy bien un panorama muy bien explicado, muy buen material por ahí el dicho que dice las cosas buenas de la vida cuestan trabajo, esto no es fácil esto no es para todo, hay que acercarse a las personas que les puedan ayudar realmente y pues que no tengan el miedo, como ya decía mi estimado Alex el miedo a dedicar un esfuerzo, a dedicar un billete y pues que le echen ganitas a ustedes que pueden, porque nosotros ya no podemos, somos de 97 el tiempo se nos está terminando, el tiempo se nos terminó ya llevamos 28 ya un pasadito de una hora casi una hora y media, entonces lo amerita, lo amerita porque es una cuestión muy importante queremos que haya sido de su agrado que haya sido de su ayuda si tienen alguna duda ya lo saben, como siempre les digo estamos aquí a la orden, cualquiera de las personas que estemos aquí en Baby Asociados los que no estamos aquí presentes en este en vivo pero que también están en el despacho y obviamente los que estamos aquí presentes el licenciado Alejandro Vega la licenciada Ale Díaz, Alejandra Díaz y su servidor José Rafael García Oye Ale, y antes de terminar ¿qué tal si nos pasas tus datos para que la gente se pueda comunicar contigo directamente? Sí, claro que sí principalmente me pueden contactar por WhatsApp, por llamada o por mensaje, mi número es 3318 92 42 72 los puedo atender ahí, mándenme un mensajito o márquenme atiendo a toda la República Mexicana no hay ningún problema, piérdanle miedo, nosotros ya contamos con referencias, contamos con bastante experiencia en acompañamiento en la proyección de pensión en el estudio personalizado y pues en todos los trámites que conlleva al tema de las pensiones del INSS, manejo también correcciones de datos unificaciones de número de seguro social búsquedas en ocasiones cuando el trabajador no tiene pues ciertos documentos, les podemos ayudar, resoluciones de pensión, etcétera, etcétera manejamos varios trámites, con mucho gusto yo les mando toda la información aquí les quise traer un ejemplo de un estudio personalizado contiene toda la información este es de ley 73 contiene gran parte de toda la información que estuvimos platicando, lo que son los requisitos lo que son la forma en que el INSS calcula las pensiones hablamos sobre los beneficiarios legales, los beneficiarios sustitutos hablamos un poquito sobre la FORE nos adentramos ya a temas importantes como la pension mínima garantizada, la modalidad 40 esclarecemos ahora sí que todas las dudas que ustedes tengan de modalidad 40, que ahorita lo platicamos muy por encimita pero créanme que es un tema complejo y muy muy interesante y también les doy una pequeña guía para que sepan cómo pensionarse al final, lo más importante es esta proyección personalizada basada en su reporte de semanas digital del INSS y les revisamos varias proyecciones de pensión ya sea con modalidad 40 ya sea con el escenario actual, realizando un diagnóstico actual de la situación del trabajador y pues en base a eso ya son todas las recomendaciones que les estamos realizando a cada uno entonces contactenme en comunidades comunitarias de whatsapp 33 18 92 4272 en facebook también estoy ad asesoría financiera y patrimonial ad pues son las indiciones Alejandra Díaz también me pueden contactar por ahí y estoy en varios grupos de facebook también por ahí subiendo toda mi información y pues muchas gracias sobre todo con muy buenas referencias por ahí super bien pues muchísimas gracias y a toda la gente que nos está viendo en todas las plataformas aquí estaremos como cada viernes y bueno Alfredo pues se ha terminado se ha terminado ni modo nos vemos hasta el siguiente viernes un placer haber estado con ustedes y esperemos que también el placer haya sido de ustedes que lo den a través de sus pantallas nos estamos viendo el próximo viernes en punto de las 6 de la tarde en una charla más de asesoría individual y B&B asociados hasta luego