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Listen to PODCAST CONTRATOS by Edgardo Isael Moya MP3 song. PODCAST CONTRATOS song from Edgardo Isael Moya is available on Audio.com. The duration of song is 07:52. This high-quality MP3 track has 90.222 kbps bitrate and was uploaded on 6 Jun 2023. Stream and download PODCAST CONTRATOS by Edgardo Isael Moya for free on Audio.com ā your ultimate destination for MP3 music.
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This podcast episode explores the key aspects of employment contracts and different types of salaries in Venezuela. It discusses the conditions for a valid contract, such as mutual consent, legal object, and capacity of the parties involved. The episode also explains that written contracts are required for durations longer than one month and outlines the specific information that should be included in the contract. It further explains the three types of salaries: normal salary, basic salary, and integral salary, as well as the mixed salary and average salary. These classifications are not specifically mentioned in the Labor Law, but are commonly used in Venezuela. Bienvenidos a mi podcast sobre el contrato de trabajo y los tipos de salarios en Venezuela. En este episodio exploraremos los aspectos claves relacionados con el contrato laboral y analizaremos cada artĆculo de la Ley OrgĆ”nica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras LOC, para comprender su interpretación. Comencemos. De acuerdo al artĆculo 55, en Venezuela, el contrato de trabajo es un convenio o acuerdo mediante el cual se establecen las condiciones para que una persona preste sus servicios bajo dependencia a cambio de un salario justo y equitativo, de acuerdo con la Constitución y la LOC. Por ejemplo, si una persona es contratada como empleada de una tienda de ropa y ambas partes acuerdan los tĆ©rminos del contrato, se establecerĆ”n las condiciones de trabajo como el horario, la remuneración y los beneficios. Entre los requisitos principales para que un contrato sea vĆ”lido son los siguientes. El primero de ellos es el consentimiento mutuo entre el empleador y el trabajador. Ambas partes deben estar de acuerdo con los tĆ©rminos del contrato y firmarlo voluntariamente. AdemĆ”s, el contrato debe tener un objeto lĆcito, es decir, un propósito legal que no vaya en contra de la ley. Asimismo, tanto el empleador como el trabajador deben tener la capacidad legal para celebrar contratos y esto implica ser mayores de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales. TambiĆ©n tenemos lo que establece el artĆculo 58 de la LOC que dice que el contrato debe ser redactado por escrito cuando su duración sea mayor a un mes. Esto garantiza la claridad de los tĆ©rminos y protege los derechos tanto del trabajador como el empleador. Por ejemplo, si una persona es contratada como ingeniero por un periodo de un aƱo, el contrato debe ser redactado por escrito y cada parte debe tener una copia para su referencia. Mientras que en el artĆculo 59 nos dice que el contrato de trabajo escrito debe incluir información especĆfica para garantizar la transparencia y la protección de los derechos en ambas partes. Algunos de los elementos que deben estar presentes en el contrato son el lugar y la fecha de celebración, los datos de identificación de las partes, la descripción detallada de las funciones del trabajador, el monto y la forma de pago del salario, la duración de la jornada laboral y el plazo del contrato si es determinado. SegĆŗn el artĆculo 60, el contrato de trabajo podrĆ” celebrarse por tiempo indeterminado, por tiempo determinado o para una obra determinada. De acuerdo al artĆculo 61 que nos habla sobre el contrato a tiempo indeterminado, dice que cuando el contrato de trabajo no establece una oración especĆfica o una obra determinada, se considera que es por tiempo indeterminado. Esto significa que la relación laboral se establece sin una fecha de finalización predeterminada. Por ejemplo, si una persona es contratada como asistente administrativo sin establecer un plazo especĆfico, se presume que el contrato es por tiempo indeterminado. De acuerdo al artĆculo 62 que nos habla sobre el contrato a tiempo determinado, nos dice que cuando las partes acuerdan una oración especĆfica para el contrato de trabajo, esto se considera por tiempo determinado. Al finalizar el plazo convenido, el contrato concluye automĆ”ticamente, a menos que existan razones vĆ”lidas para prorrogarlo. Si se realizan dos prórrogas consecutivas, el contrato se convierte en uno por tiempo indeterminado, a menos que se justifique de manera razonable la necesidad de las prórrogas y se excluya la intención de continuar la relación laboral de forma indefinida. Y tenemos el artĆculo 63 que nos habla sobre el contrato por una obra determinada, y Ć©l mismo dice que si el contrato para una obra determinada se utiliza cuando se contrata a alguien para trabajar en un proyecto especĆfico, el contrato debe detallar claramente la naturaleza del proyecto y su duración estimada. Una vez que se complete la obra, el contrato llega a su fin. Sin embargo, si la duración de la obra supera los seis meses, el contrato se convierte en uno por tiempo indeterminado, a menos que existan razones justificadas para establecerlo de manera diferente. Pasemos a hablar ahora de lo que es el salario, que segĆŗn el artĆculo 104 de la LOC, nos dice que existen dos tipos de salario, el salario integral y el salario normal. Estos salarios se utilizan para calcular diversas prestaciones sociales, utilidades, vacaciones y otros conceptos laborales. El salario se define como la remuneración en moneda de curso legal que corresponde al trabajador por la prestación de servicios. Intuye componentes como comisiones, primas, gratificaciones, participación en beneficios o utilidades, sobresueldos, bonos vacacionales, recargos por dĆas feriados, horas extras, trabajo nocturno, alimentación y vivienda. En cuanto a los tres tipos de salarios mencionados, tenemos el salario normal, que es la remuneración regular y permanente que el trabajador recibe por su servicio. Es mayor que el salario bĆ”sico, pero inferior al salario integral. En algunas empresas se divide en categorĆas como normal 1, normal 2 y normal 3, siendo cada una de mayor cuantĆa que el anterior. Tenemos el salario bĆ”sico, que es la remuneración correspondiente al cargo o posición del trabajador, sin considerar otros sobresueldos. Es el salario de menor cuantĆa y sirve como base para calcular el efecto de los salarios. Incluye el sueldo bĆ”sico, mĆ”s conceptos como comisiones, bonificaciones, horas extras, domiciales y festivos, recargos nocturnos, auxilios de transporte y otros derivados del contrato de trabajo. Y tenemos el salario integral, que es el salario que engloba todos los conceptos y pagos considerados como salarios. Se utiliza para el cĆ”lculo de las prestaciones sociales y comprende el sueldo bĆ”sico, las utilidades, el bono vacacional, prestaciones sociales, recargos nocturnos, domiciales y festivos, horas extras, trabajo nocturno, alimentación, vivienda y otros conceptos acordados en el contrato de trabajo. AdemĆ”s de estos tipos de salarios, tambiĆ©n se menciona el salario mixto, que combina una parte fija con el salario mensual y una parte variable como comisiones o pagos a destajo. Por Ćŗltimo, se hace referente al salario promedio, que es el resultado de calcular el promedio de los conceptos seleccionados para el pago de algĆŗn concepto, como las utilidades anuales. Cabe destacar que estas cuatro Ćŗltimas acepciones, salario mixto, salario promedio y las subdivisiones de salario normal, no estĆ”n contempladas especĆficamente en la LOC, pero son prĆ”cticas que se utilizan algunas empresas en Venezuela para determinar los pagos salariales. Gracias por acompaƱarme en este podcast sobre el contrato de trabajo y los tipos de salarios en Venezuela. Muchas gracias. Hasta la próxima.
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