The conflict between two coffee brands, one with a red label and the other with a blue label, led to a legal battle for unfair competition. The Colombian coffee industry accused the blue label of exploiting their reputation by causing confusion among consumers. The authorities ruled in favor of the red label, citing acts of unfair competition such as confusion, imitation, and loss of clientele. The blue label was ordered to stop using a similar presentation to avoid further confusion. The case highlights the importance of fair competition and protecting consumer rights.
Hay peleas que uno entiende y otras que simplemente huelen a café. Esta, por ejemplo, comenzó con algo tan colombiano como eso. Una taza, un empaque rojo y otro azul. Y detrás de esos colores, una historia de competencia desleal, de reputación y confusión. El sello rojo propiedad de industria colombiana de café, S.A., no se quedó quieto. Le mandó a Gonzalo por competencia desleal, alegando que el sello azul confundía al público y se aprovechaba de la reputación que ellos habían construido durante años.
Entonces, la superintendencia de Industria y Comercio, la famosa CIG, tuvo que entrar a revisar si esa señalanza era solo coincidencia o si efectivamente estábamos ante un caso de confusión indirecta. Dicho en simple, es cuando el consumidor cree que los productos no son idénticos pero sí vienen del mismo fabricante o del mismo grupo. Y Gonzalo, con su sello azul, se pasó de listo. Tras tras, lo demostraron todo. Los dos cafés se vendían en los mismos supermercados, se promocionaban en las mismas emisoras, usaban canales idénticos y apuntaban al mismo tipo de cliente.
El consumidor promedio que no se fija demasiado. La CIG dijo algo así como, si tú ves los dos empaques y la estantería, probablemente pienses que son de la misma empresa. Por eso, la superintendencia determinó que hubo tres actos claros de competencia desleal. Confusión, porque el público no sabía de dónde venía cada producto. Imitación, porque se copió la presentación casi completamente. Y deslección de clientela, porque esa confusión le quitaba compradores a la marca original. Y además, aunque el sello azul fuera un nombre existente, el problema no era el nombre en sí, sino el efecto que causaba.
Porque la ley protege al consumidor, no a la empresa del que copia lo suficiente como para parecer original. Así que la CIG falló a favor de Industria Colombiana de Café. Le ordenó a Gonlo dejar de comercializar el sello azul con esa presentación o cualquier otra que generara confusión y la condenó en costas. La parte económica, o sea la indemnización, quedó para otro trámite aparte. Por eso, el derecho comercial es suficiente para romper la lealtad del mercado.
Porque el juego a la competencia sólo funciona cuando todos juegan limpio. Si su estrategia depende de la confusión, entonces usted está compitiendo. Usted está engañando. Si el sello azul intentó parecerse tanto al sello rojo, se terminó pintándose sólo de lealtad.