Details
Nothing to say, yet
Nothing to say, yet
The transcription discusses the importance of privacy notices in handling sensitive personal data in healthcare. It delves into topics such as sharing patient information with colleagues and authorities, patient rights (access, rectification, cancellation, and opposition), and the responsibility to provide access to information in a format chosen by the patient. The new Mexican data protection law is also mentioned. Overall, it emphasizes the significance of respecting patient privacy and ensuring compliance with data protection regulations. Esta actividad de movimiento con los antivacunas que se ejecutó junto con la determinación del diagnóstico clínico en función de la clínica, vamos de acuerdo, y eso con datos personales sensibles, no se podía interferir. Entonces ya sabemos quién, qué tuvo, qué, qué datos personales generales y qué datos personales sensibles, esa es la segunda pregunta de los pacientes. Tercera pregunta de comprensión lectora, ¿para qué los quieren? ¿Para qué tienen los datos personales? ¿Para qué ocupamos, por ejemplo, el nombre del paciente? ¿Para qué ocupamos su correo electrónico, su WhatsApp, para estar en comunicación? ¿Para qué ocupamos su RPC? Para vacunación, ¿de acuerdo? Tenemos que publicar el parámetro. ¿Para qué investigamos los antecedentes de los familiares de los pacientes? Para ver la historia clínica, para el diagnóstico, para tratamiento, por ejemplo, el contenido propio de nuestra vacía de trabajo, ¿a dónde es el conceptor? Y entonces tenemos que colocar en nuestro aviso de privacidad un listado de los parámetros, qué datos personales regalos y para qué los mensajes. ¿Estamos bien? Por ejemplo, ¿hacemos publicidad? Claro, y también regalamos información del paciente para rastreo con copys o para mandarles publicidad, ¿verdad? También eso se informa en nuestro aviso de privacidad. Y este es el contenido básico de un aviso de privacidad. ¿Quieren qué y para qué? Pero ahora vamos al siguiente elemento, tras el siguiente pregunta de confusión histórica, ¿con quién comparten los datos personales? ¿Con quién comparten las informaciones del paciente? ¿Con nadie? Sí, obviamente. ¿Con colegas médicos? ¿Con quién más? ¿Con el contador? ¿Con quién más? ¿Con el demás? Sí, ¿con quién más? ¿Con su equipo de trabajo interno? ¿Con quién más? ¿Con autoridades? Cómo es que se los puede pedir. ¿La fiscalía se los puede pedir? ¿Un tribunal se los puede pedir? ¿Con el tribunal? Entonces necesitamos en la siguiente pregunta describir una lista de con quién comparten los datos personales. En consecuencia, viene una quinta pregunta. ¿Cuál sería la quinta pregunta? ¿Para qué lo comparto? Para que lo compartan con otros médicos. Para una lista de consultas. Para el día de consulta y el día de tratamiento. ¿Estamos de acuerdo? Ya se señalaron para eso. ¿Para qué lo comparto con el contador? Para fines fiscales y de facturación. ¿Para qué lo comparto con las reguladoras? Para fines de pobreza y de uso. ¿Para qué lo comparto con la autoridad? Para fines de cumplimiento de obligaciones. Comprendimos un tema. Entonces, vean ustedes cómo nuestro ámbito de privacidad que tiene todos los componentes. Quién se los compara, tú. ¿Qué datos personales recabas? ¿Para qué los recabas? ¿Con quién los compartes? ¿Y para qué los compartes? Entonces, ya vimos el contenido y ya vimos transferencias. Y luego, ¿qué son los derechos AACO? ¿Qué son los derechos AACO? AACO es el acrónimo de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Bien. El paciente tiene derecho a acceder a su información, o a reclutar su información para fines de pobreza, a cancelar el uso de información para ciertos fines, o a oponerse el uso para ciertos fines de pobreza. Y eso consiste en el bien humano. ¿Claro que es? Sin embargo, tienen que seguir un procedimiento. Tienen que pedirse lo coinscrito. Tienen que señalarse con precisión cuáles son los datos personales a los que quieren tener acceso, rectificarlos, cancelarlos, y oponerse. Tienen que identificarse con el titular. No puede venir la fila del paciente adquisito. Tienen que venir el paciente directamente a su representante legal. ¿De acuerdo? Y tienen que identificar. Y tú tienes que darle una respuesta. ¿Fijó? ¿Dónde trasmamos este procedimiento? En nuestro aviso de privacidad. Por tanto, siguiente elemento. Nuestro aviso de privacidad tiene que tener el procedimiento, los pasos a seguir por el paciente para poder acceder, para poder requisitar, para poder cancelar, o para poder oponerse. ¿Vale? Vamos a explicar cada uno de los puntos. Oponerse. El paciente está en peligro de que le manden publicidad. Ya no quiere recibir publicidad. Ya no quiere recibir su WhatsApp. Ya no quiere recibir su correo electrónico. ¿Se puede oponer? Sí. Te tendría que presentar inscrito donde te dice, oye, ya no quiero que busques mi correo electrónico, mi WhatsApp, para estarme mandando publicidad. Ya no quiero que me mandes. Mientras eso, te mande eso, tú lo puedes seguir sacando, de toda la publicidad que quieras. ¿Comprendimos? Es un ejemplo. Siguiente, rectificación. Rectificación. La persona cambió de género. Ya no se llamaba Juan, ahora se llama Juana. Una rectificación. ¿Comprendimos el punto? ¿Vale? Una rectificación, ¿vale? Aunque biológicamente siga en el fondo, por razón civil, la persona cambió. Se hace la rectificación. ¿Pero podrían dar explicación en el documento? Sí. ¿O no? No, no. ¿No debería comprobarse? No. ¿De acuerdo? Y no tenemos el acceso. Y aquí viene lo interesante. Pregunta autorio. ¿El paciente tiene derecho a una copia de su documento? No. ¿Y el que? No. ¿Y el que? No. La norma oficial mexicana dice que el paciente tiene derecho al resumen médico. Pero eso quedó superado hace mucho tiempo por tribunales, o por leyes, o por binarias. Y dijeron que un resumen médico no es necesario. ¿Vale? Entonces, el tema del resumen médico quedó superado. Aquí la pregunta es, ¿el paciente tiene derecho a una copia de su resumen médico? Y ahí viene otra pregunta secundaria. ¿De quién es el experiente clínico? De un doctor. ¿De quién? De la clínica. ¿De la clínica? No. ¿Es de la institución? De la clínica. ¿No del doctor? ¿Por qué no del doctor? Porque si un especialista trabaja contigo y deja de trabajar, el especialista clínico no es de él, no se lo lleva. ¿De quién es entonces el experiente? Del establecimiento de salud. En un instituto, sea clínica, hospital, consultorio, ya vea lo cualquiera, el experiente clínico es del establecimiento de salud. Es de propietario o material del experiente. ¿De acuerdo? Pero la información contenida en el experiente clínico le da la diferencia. Una cosa es que el paciente sea propietario de su información y otra cosa es que sea propietario del experiente. Son cosas distintas, ¿verdad? Por tanto, el paciente tiene derecho a acceder a información, no necesariamente a la experiencia clínica. Y aquí es donde viene cómo convertirnos, el aviso de privacidad, cuando menos en México, ya les recomiendo que hagan búsqueda. Cuando menos en México, ¿cómo convertimos un aviso de privacidad en un excelente mecanismo de proclamación? La Ley Federal de Protección de Datos Personales, la nueva en México, es de reciente creación. La nueva ley se publicó apenas en marzo de 2021. Muy reciente. La anterior ley decía que hasta el mes de noviembre se iba a publicar, ¿verdad? Entonces, ¿cómo va a estar esta ley? En mi contrario, en el artículo 31, aquí está lo de la solicitud. La solicitud para ejercer derecho de cargo debe tener el nombre de la persona que se funda en ese homicidio o cualquier otra persona que se informa para publicarle los documentos que acrediten la incomunidad de titular, la descripción clave y precisa de los datos personales de los cuales se busque en su cargo, la descripción del derecho a actuar, que se consiste en ejercer, y cualquier otro elemento que no sea localizado. Entonces, lo tienen que verificar. ¿Me explica bien, Caridad? Este es el artículo 31. La obligación de acceso a los datos personales será cumplida cuando se ponga a disposición de la persona titular, de los mismos. ¿Se acuerdan que si hablan de una obligación quiere decir que hay un derecho? ¿Quién tiene ese derecho? El paciente. El paciente, por tanto, tiene derecho a acceder a esa información. Y quien tiene derecho, tú tienes la obligación, la obligación de darle acceso a esa información. ¿Cuál es la regla general que nos dice la ley para cumplir con esa obligación? Porque le diga, aquí está, y se lo pongas a tu disposición. ¿Y cómo se lo pones a tu disposición? Aquí está el expediente. Léelo. Comprendimos. Y ya estás cumpliendo con la obligación de darle acceso. ¿Se dieron cuenta que no es una copia obligatoriamente? Ahora, no quiero que hagan esto. ¿Por qué no quiero que hagan esto? Porque si ustedes modificaron el expediente donde señala que el paciente lo carregó, donde el paciente no llegó, etcétera, se creen que va a ser el paciente, no va a cumplir. ¿De acuerdo? Por tanto, no entregan el expediente. Y ahí es donde viene el segundo punto de este artículo. La ley nos da otra opción y dice, o bien, ¿ya se dieron cuenta qué significa el o bien? Una alternativa. Pero no es una obligación, ¿verdad? Es decir, así se deja la propuesta de elegir. ¿Estamos de acuerdo? O bien, mediante la expedición de copia simple, documentos electrónicos o cualquier otro medio que dice que se termine responsable, ¿en dónde iría? En el aviso de privacidad. Por eso es que todo el aviso de privacidad le señalas al paciente que el tipo de la tabla es menos información, pero que la respuesta se la cuenta por escrito, por fotografía, por audio, por grabación, por lo que quieren que digan, si hay tiempo verán. ¿Comprendimos? Y entonces lo podemos llevar al extremo. Puedo darle al paciente una copia, ¿verdad? Pero también le puedo dar fotografía. Pero también le puedo dar un escaneo. Pero también le puedo dar un video, ¿verdad? Es decir, puedo grabar un video y en el video pasan una obra y otra obra y otra obra. ¿Cierto o no? Es más, lo podemos llevar al extremo de contarle una razonería. Experiente 45 de 2026, paciente Gerardo Martínez Quibós. Y te puedes echar una razonería de 15 horas si así quieres. Obviamente no lo vas a hacer, eso es perder el tiempo para ti. Pero lo que quiero demostrar es que tú eliges, tú decides la manera en que le das al paciente la información. ¿Comprendimos mi respuesto doctor? Por tanto, esto que nos han mentido de que el paciente tiene derecho a una copia, es mentira. El paciente no tiene derecho a una copia, el paciente tiene derecho a acceder a su información y tú decides la manera en que le entregas esa información. Siempre y cuando vayas a la sala de dosis. ¿Vieron por qué el aviso de privacidad es importante? Ahora, ¿cuánto tiempo tienes para darle respuesta? Esa es otra maravilla de la ley. Con los resultados del artículo 31 de la ley, nos dice que el responsable comunicará el titular en un plazo de 20 días, contado desde la fecha en que decidió dar a su instituto para ejercer los derechos salvos, la vez que han inaccionado salas, a efecto de que si el resultado es evidente, sea efectiva la misma dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se comunica la respuesta. ¿Cuántos días tienes entonces para responder? ¿Es cierto? 35 días. 20 más 5. Son 20 días para que le des una respuesta, y luego 15 más para que sea efectiva la forma en que tú le dices la respuesta. Así que yo les pregunto a ustedes, ¿35 días naturales les parecen razonables para que podamos revisar sus pendientes, y si le hagan falta notas, lo podamos revisar? Es una maravilla de la ley. ¿Comprendimos? Pero ¿para qué esto funciona? Yo les quiero contar con un aviso de privacidad. Pero si no tengo aviso de privacidad, ¿entonces puedo? Sí. Bueno, entonces no puedo hacer válidas estas estrategias, por favor. ¿Estamos de acuerdo? Pero viene cerca del punto 4, ¿lo entienden? Desconsentimiento. La mayoría suele enfocarse en tener el aviso de privacidad colgado en su página de internet, o tener un aviso de privacidad significado a la vista del público en reflexión. Sin embargo, tratándose de salud, el aviso de privacidad tiene que ser confirmado por la gente. Porque si no, entonces, no recibe de nada el aviso de privacidad. Y por eso les decía que el aviso de privacidad es espaciotero. Vean lo que dice el axiomólogo. Tratándose de datos personales sensibles. ¿Queréis denunciar a los datos personales sensibles? Todo aviso de clínica. Tratándose de datos personales sensibles, el responsable deberá obtener el consentimiento expreso y por escrito de la persona titular para su tratamiento mediante su autógrafa electrónica o cualquier otro mecanismo de autenticación. Por tanto, para que el aviso de privacidad se pueda convertir en un mecanismo que realmente le sirve y le proteja, tiene que estar confirmado por el paciente. ¿Cómo está el aviso de privacidad? Está firmado por el paciente. ¿El integral o el simplificado? Porque si tiene que ser simplificado, si es el resumen del integral, es como si no tuviera nada. Tiene que afirmar en el pendiente el aviso de privacidad. Es tenso. Es que es el mismo dos o tres hogares. Y ahí tenemos un problema. ¿Comprendimos el punto, doctores? Nada. No veo ningún objeto, nada. ¿Vamos de acuerdo? Sí, claro. Entonces, es muy importante que nosotros intentemos los alcances del aviso de privacidad. Y ahí estamos teniendo hoy una oportunidad valiosa de limitarse. ¿Puede ser antes, un momento, un momento en el que el paciente ya ha acercado al tratamiento? No, cuando se le solicita. ¿Desde el momento en que llega la primera consulta, ya le presentaron los servicios preparados? Sí, claro. Desde ese momento. Por eso el aviso de privacidad es el primer documento que se tiene que firmar. Porque tú no puedes empezar a recabar información y datos personales del paciente si primero no se da el aviso de privacidad. No. Porque todo el mundo impugne con estas disposiciones. Y ahí hay una violación. Porque ahí estamos manejando datos debibles sin la protección y el cumplimiento al respecto de los derechos humanos. Tiene que estar grabado, oportunamente. Todas estas sesiones son documentos únicos que se construyen, como les decía, con el procedimiento formado, de manera individual, sin ninguna prohibición. Por ejemplo, aquí vamos a hablar de grabación. ¿Pueden ustedes grabar a sus pacientes sin que se lo apliquen el aviso de privacidad? Para quien quiera una grabación diferente. ¿Ustedes, por ejemplo, quimicólogas, ¿podrían grabar a sus pacientes en todos los espacios internados? Cambia, ¿verdad? ¿Estamos de acuerdo? Pero, por ejemplo, si el humano clásico ¿podría grabar a sus pacientes y el que tiene ropa tiene el seguimiento y tal vez usted podría llegar a grabar a sus pacientes. Por ejemplo, si yo tengo el seguimiento disparado, por ejemplo, para mí, yo, un típico quimicóloga, que la forma en que va tomando la barriga, etc., es relevante, voy a tomar un registro fotográfico mientras yo se me informe a la paciente. En un aspecto de medicina estética, cirugía plástica, para un aumento de gusto, por supuesto, se toma una fotografía antes y una fotografía después. ¿Estamos de acuerdo? Siempre y cuando se lo informe al paciente y le diga ¿para qué? Por eso es que cada visión de privacidad se redacta de algo de dos al área que era necesidad de buscar el seguimiento. En la otología, puedo grabar a un paciente, puedo tomar la fotografía aquí, de rostro y, principalmente, la verdadera. En la otología, fundamental, la verdadera, el sistema logístico y que realmente hay estas proporciones que se están produciendo. Comprendimos el punto. En medicina estética, lo mismo, pero tenemos que justificar el para qué quiere un paciente la cirugía. Tenemos verdad. Entonces, el problema es que cuando yo les digo que esto es el paciente feo y este es el primer documento que se tiene entregado al paciente y la doctora menciona que a mí como paciente nunca me han dado. A mí tampoco. Ya ves que ahí hay una violación. Ya ves que ahí todo lo que recaba posteriormente es ilícito. Todo se vuelve ilícito porque el ICE, el que me dio eso, una lista de investigaciones. Y hay que poder decir ¿pero eso también aplica en la atención médica? Sí. Y eso lo dice en el siguiente artículo. Vean lo que señala el artículo. El responsable no estará obligado a hacer funciones. No estará obligado a recabar el consentimiento del titular del titular cuando los datos personales son indispensables para efectuar una atención médica, la prevención de alcohólicos, la prestación sanitaria, la gestión de servicios sanitarios. Mientras la persona titular no esté en condiciones de otorgar el consentimiento. Es decir, no requiere la misión de privacidad cuando la persona no me pueda dar el consentimiento porque es inconsciente. Pero si la persona está consciente entonces sí me tiene que dar el aviso de una asistencia médica. Y yo tengo que recabarlo. ¿Comprendimos el punto? Ese es el verdadero problema del aviso de privacidad. Por eso les decía que es el paso primero. Son personas que buscan el consentimiento informado pero se olvidan de esto. En el caso de, por ejemplo, si tenemos cámaras dentro de la sanitaria ¿quiénes tienen que dar el aviso? Tienen que ir dentro de ese aviso y tienen que señalar para qué están grabando el paciente. ¿Para qué grabaría ese paciente? No, no puedes poner eso porque tiene que ser una finalidad relacionada con el paciente. ¿Para qué lo grabaría? Para que les llegue calidad en el servicio. Es lo que dice todo. Para que les llegue calidad en el servicio. ¿Comprendimos? Ya lo identificaste. Y además viene algo interesante. Piensa que el paciente se agrede físicamente en ese mismo consultorio. Golpea a alguien abriste el objeto. Obviamente tú vas a presentar una denuncia sobre ese paciente. ¿Cuál va a ser tu prueba fundamental para demostrar la agresión? La grabación. Esa grabación se vuelve ilícita si no tiene la misma imagen. ¿Estamos de acuerdo? Aquí no. ¿Por qué aquí no? Porque aunque yo pueda tener ganas como aquella pregunta ¿yo brindo un servicio médico? Por tanto yo no brindo un servicio médico. Yo brindo un servicio médico. ¿Para qué? Para que el dato se entiende. ¿Es de verdad? Pues yo quisiera que tú recabas cuando recabo yo tu firma y tu aviso de privacidad. Porque el aviso de privacidad solo debe ser firmado cuando hablamos de datos sensibles que son los del expediente físico. Esa es la particularidad con relación a usted. ¿Estamos bien? Sí, por favor. Recomiendo que llegue a un acompañante o a una buena persona que tenga el servicio para que lo pueda utilizar. Sí, porque no es paciente y no utiliza sin ningún problema. ¿Estamos bien? Martín, un padre que no es pobre o no no es pobre nada más que cuando te llega y él te buscó a ti tú estabas obligado a recabar toda la información necesaria sensible porque necesitas la información sensible. ¿Correcto? ¿Es correcto que yo tenga que tomar esos datos y que debo participar dándome los datos como parte del proceso y es un procedimiento comercial? Yo entiendo que no hay que pensar cómo voy a hacer todas las informaciones y cómo las voy a recabar. Lo que hace el procedimiento significa autorizarme a darme la información que yo necesito para participar. No, no es una autorización es un aviso comercial y que me doy por avisado. ¿Me doy por avisado sobre el derecho a hablar de sensibles? Ajá, claro. ¿De verdad me dice sí? Sí. Pero al hablar de sensibles no. En hablar de sensibles para el manejo para que yo pueda compartir con otros para que yo pueda mover hacia otras oportunidades. Es el problema. ¿Y si no podría me adaptar a otras oportunidades? Claro, si no te firma el aviso, no te da la autorización simplemente no te puede acceder porque no me está dando permiso de preguntar en la acción de usar tus datos personales. Es verdad. ¿Pero no es un derecho de oposición o comercial? No, es un derecho de oposición y estos datos personales que no tienen que ver de fondo con la atención médica. Por eso, les ponía el ejemplo de la publicidad. La gente si se puede oponer a que le van sus publicidades, mejor. De ello, viene el elemento cuarto, la cancelación. La gente como la gente. ¿Comprendimos? ¿Qué haces con datos informales que ya te han cancelado? Si, ¿cuáles? Claro, porque esto es una excepción que la ley nos pone. El hecho de que el te haya cancelado, ya no lo voy a usar, pero los tengo que resguardar como mandato de la ley. ¿Estamos claros? Yo quería preguntar, en el caso de tener cámaras, ¿nos ha pasado que el paciente quiere pedir como los videos que se... Se puede pedir, me lo pida por haber hecho privacidad. De hecho, muchos, sobre todo otros médicos, les molesta que el paciente se quede en una prisión con el paciente, por eso no vale la pena. Los pacientes tienen la cultura para ganar. Entonces, ahorita, ya lo puse en una historia. Hablando de algunas veces, estamos conversando con mi compañera, que tuvo un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía un paciente y ella tenía a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a a